Introducción
El “Martin Luther King College” con el propósito de facilitar el quehacer educativo y para un mejor logro de metas en los diferentes estamentos, presenta este Reglamento que está inserto en nuestro Proyecto Educativo bajo los principios de fraternidad, igualdad y libertad, para permitir una convivencia donde las relaciones humanas estén sustentadas en la verdad, la justicia, la solidaridad, el respeto mutuo, la tolerancia, la lealtad y la amistad, valores que en su conjunto nos permiten el desarrollo de un (a) ciudadano (a) íntegro (a) que pueda responder a las exigencias de la sociedad actual.
Objetivos del Reglamento Interno
1. Ordenar la estructura, las funciones e interrelaciones de los distintos estamentos de la Unidad Educativa, con el Propósito de lograr la consecución de los objetivos propuestos por el Establecimiento en su Proyecto Educativo.-
2. Crear conciencia y cautelar los derechos y deberes de los integrantes de la comunidad escolar, promoviendo su desarrollo personal y social.-
3. Contribuir a crear las condiciones Técnico-Pedagógicas y administrativas que propicien un clima organizacional adecuado a las necesidades del establecimiento, con el fin de favorecer el desarrollo del proceso educativo.-
CAPITULO I
NORMAS GENERALES DE INDOLE TÉCNICO / PEDAGÓGICO.
De la Concepción Curricular
La Concepción Curricular adoptada por nuestro Colegio implica tomar decisiones acerca del modo de organizar los contenidos de aprendizaje, formular objetivos, seleccionar métodos, criterios de evaluación y orientación, y la elección de medios y de materiales que permitan al estudiante desarrollar todas sus potencialidades.
Entonces, nuestra concepción curricular nos asegura:
- Preparación de la enseñanza a través de medios y materiales que faciliten una transferencia eficiente del aprendizaje humano.
- Proporcionar a los estudiantes los conocimientos y habilidades que exige una sociedad moderna y actualizada. Esto implica:
b.1 Facilitar al estudiante los conocimientos necesarios para el aprendizaje del idioma inglés, considerando que, hoy en día, un recurso humano capacitado en este idioma, representa un gran valor para un país, abriendo un sinnúmero de oportunidades.
b.2 Posibilitar al estudiante la interacción en el área informática, desde un punto de vista usuario, permitiendo el acceso y uso de las nuevas tecnologías de información.
- La matriz curricular genera un marco curricular que se expresa en el Proyecto Educativo Institucional (PEI).
Estructura y Organización de la Unidad Educativa
La Unidad Educativa posee una estructura que comprende:
Educación Prebásica: Pre-kinder, Kinder.
Educación Básica: 8 años de estudio, divididos en I ciclo y II ciclo.
Educación Media: 4 años de estudio.
Primer Ciclo:
Comprende los niveles NB1, (primero y segundo) y NB2, (tercero y cuarto).
El ingreso del estudiante a 1° año Básico tiene como único requisito haber cumplido los 6 años de edad máximo al 30 de Junio del año escolar correspondiente y presentar el Informe de la Educadora con quien realizó el Kinder.
Segundo Ciclo:
Comprende los niveles NB3, NB4, NB5 y NB6; de quinto a octavo año de educación básica. La incorporación del estudiante a los diferentes cursos de este ciclo, tiene como base la aprobación del curso anterior.
Enseñanza Media:
Comprende 4 años de estudio de 1° a 4º medio. La incorporación del estudiante a los diferentes cursos de este nivel, tiene como base la aprobación del curso anterior.
Organización:
Los cursos de 1º y 2º básico están a cargo de un solo profesor, sin perjuicio que las asignaturas de religión, inglés, educación física y talleres sean atendidas por un especialista.
Los cursos de 3º a 8º básico están a cargo de un Profesor Jefe de curso y el trabajo escolar se programa por asignaturas cuya enseñanza es impartida, en lo posible, por profesores especialistas en la asignatura que tengan mención o especialización correspondiente.
Los cursos de 1º a 4º medio están a cargo de un Profesor Jefe de curso y el trabajo escolar se programa por asignaturas cuya enseñanza es impartida por profesores especialistas en la asignatura.
Jornada y horarios de clases:
Las actividades diarias se realizan:
de Lunes a Viernes en la mañana de 08:00 hrs. a 13:00 hrs.
Y de Lunes a Jueves en la tarde de 14:00 hrs. a 15:30, 16:30 hrs. y 17:15 hrs.
Departamento de Asistencia Pedagógica (D.A.P)
(Los respectivos nombramientos se realizarán durante la última semana de Diciembre o la primera semana de Marzo, estando a cargo de la Dirección y Sostenedor del colegio).
Jefe D.A.P. Enseñanza Básica : Miss Eugenia Riveros.
Jefe D.A.P. Enseñanza Media : Miss Carla Reid.
Planes y Programas de estudio
Los Programas de Estudio:
Los programas de estudio están organizados en semestres, con el objeto de dar el máximo de flexibilidad para su tratamiento. Se trabajará con los Planes de Estudios elaborados por el Ministerio de Educación. Con excepción del subsector de Inglés, que a partir del año 2010 cuenta con Planes y Programas Propios de 1º a 4º básico.
Objetivos Fundamentales Transversales:
Los O.F.T. deben tener presencia en todo el curriculum escolar por lo tanto, deben expresarse en todos los cursos de las áreas de aprendizaje, a través de los Objetivos Verticales, sin sobrepasar la naturaleza propia de estos, enriqueciendo el aporte valórico a la educación de los estudiantes. Así, tendrán expresión también en los contenidos mínimos.
Al igual que ocurre con los Objetivos Fundamentales Verticales, éstos también deben ser evaluados, y por las características que poseen, se necesita poner en práctica un cuidadoso proceso de elaboración de instrumentos, a fin que permitan una adecuada observación, recolección y registro de dichos antecedentes.
Según la normativa vigente tanto los estudiantes, como sus padres y apoderados, deben ser informados acerca de los avances experimentados en relación a estos objetivos. Para ese efecto, se debe utilizar el Informe de Desarrollo Personal y Social, dónde se comunicará por escrito, el nivel alcanzado por el estudiante en las tres áreas en que se han organizado estos objetivos.
Áreas que comprende:
A).- Formación ética: En esta área se pretende que el estudiante desarrolle la capacidad y la voluntad para autorregular su conducta, siendo capaz de:
- Respetar y valorar ideas y creencias distintas a las propias y reconocer el diálogo como fuente de superación de diferencias y aproximación a la verdad.
- Ejercer su libertad y autonomía bajo la luz de los principios y valores morales cristianos, que los enriquecerá cada día como seres humanos.
B).- Crecimiento y autoafirmación personal: En este caso se busca estimular rasgos y cualidades potenciales que conforman y afirman la identidad del estudiante. A través de ellos se pretende:
- Promover el desarrollo físico personal en un contexto de respeto y valoración por la vida y el cuerpo humano, desarrollo de hábitos de higiene personal y social y el cumplimiento de normas de seguridad.
- Desarrollar el pensamiento reflexivo y metódico, sentido de crítica y autocrítica y la capacidad para resolver problemas.
- Ejercitar la habilidad de expresar y comunicar las opiniones, ideas, sentimientos y convicciones propias con claridad y eficiencia.
- Promover una adecuada autoestima, la confianza en si mismo y un sentido positivo ante la vida.
C).- Relación con los demás y su entorno: Estos objetivos tienden a favorecer una calidad de interacción personal y familiar regida por el respeto mutuo, el ejercicio de una ciudadanía activa y la valoración de la identidad nacional y la convivencia democrática. Considerando que las conductas de relación del individuo con su entorno están fuertemente marcadas por satisfacciones que el propio medio puede proporcionarles, el proceso de socialización escolar debe afianzar en los estudiantes la capacidad para:
- Participar responsablemente en las actividades de la comunidad y prepararse para ejercer en plenitud los derechos y cumplir los deberes personales que recogen y demandan la vida social de carácter democrático.
- Comprender y apreciar la importancia que tienen las dimensiones afectivas, sociales y espirituales para un sano equilibrio y desarrollo personal.
- Proteger el entorno natural y promover sus recursos como contexto de desarrollo humano.
- Reconocer y valorar la identidad nacional en un mundo cada vez más globalizado e interdependiente.
De los Consejos de Profesores
Criterios Generales de Funcionamiento:
- Los consejos serán fijados al inicio del año escolar.
- Los consejos extraordinarios serán convocados por la Directora, en forma oportuna y sólo en caso de emergencia.
- Los consejos serán presididos por la Directora o por quién sea designado.
- Cada consejo tendrá un secretario (a), quien llevará un libro de actas de sesiones, ad-hoc, que deberán oficializarse con las firmas de la Directora y secretario (a), considerándose un documento Público.
- La asistencia de los profesores a los consejos es obligatoria, dentro de su horario de actividades.
- Podrán asistir a los consejos, además del personal que corresponda, otros funcionarios del establecimiento, cuando su presencia sea requerida o autorizada por la Directora.
Tipos de consejos:
De acuerdo a la naturaleza de las tareas que le competen y los objetivos propuestos en el Proyecto Educativo del establecimiento funcionarán, entre otros, los siguientes tipos de consejos:
- De Administración.
- Técnico-Pedagógicos.
Del Departamento de Asistencia Pedagógica:
Definición y finalidad:
El D.A.P. es el organismo encargado de coordinar, asesorar y evaluar las funciones docentes técnico pedagógicas que se dan en el establecimiento, tales como: Orientación Educacional, Planificación Curricular, Supervisión Pedagógica, Evaluación del Aprendizaje y otras análogas.
Tiene como finalidad facilitar el logro de los objetivos educacionales, optimizar el desarrollo de los procesos técnico-pedagógicos y constituirse en el principal soporte técnico que lidera los cambios y las acciones de mejoramiento al interior de la unidad educativa.
Objetivos del D.A.P.:
Optimizar el funcionamiento técnico pedagógico del establecimiento, planificando, coordinando, asesorando y evaluando el desarrollo de las actividades curriculares.
Apoyar técnicamente, en forma adecuada y oportuna, a la Dirección y a los docentes del establecimiento, cuando sea necesario o estos lo soliciten, especialmente en materias asociadas a la calidad educativa, tales como orientación, currículo, metodología pedagógica y evaluación.
Funciones Generales del D.A.P:
- Facilitar el desarrollo del proceso educativo, coordinando acciones que integren y canalicen los esfuerzos académicos, con el fin de armonizar el trabajo de los docentes, en función del logro de los objetivos educacionales propuestos por el establecimiento.
- Fortalecer el trabajo técnico-pedagógico del docente de aula, a través de acciones de asesoría directa y de apoyo efectivo, oportuno y permanente.
- Promover el trabajo en equipo, integrado y participativo.
- Promover el perfeccionamiento, capacitación y/o actualización permanente de los docentes.
- Asesorar las actividades de planificación curricular de los docentes y el desarrollo de los contenidos programáticos.
- Promover la aplicación de métodos, técnicas y medios de enseñanza que favorezcan el aprendizaje efectivo de los estudiantes.
- Coordinar y apoyar el desarrollo de las actividades de evaluación del proceso enseñanza aprendizaje.
- Promover y coordinar la relación de reuniones, talleres de trabajo y otras actividades para enfrentar los problemas pedagógicos en función de una mayor calidad educacional.
- Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las innovaciones curriculares que se requieran, de acuerdo a las necesidades que el desarrollo de una mejor educación demande.
- Favorecer la existencia de un clima organizacional escolar sano y apropiado para ser más efectiva la acción educadora del establecimiento.
- Verificar la correcta confección de los certificados anuales de estudio elaborados por los profesores jefes de curso.
Evaluación Institucional:
Evaluación:
La Evaluación Institucional está implícita en el desarrollo de todo el proceso escolar de nuestra Unidad Educativa, e implica una actitud de diagnóstico permanente del quehacer escolar.
La Evaluación Institucional será realizada por un Agente Externo, especialista en la materia, y estará a cargo del sostenedor del colegio.
Supervisión:
La supervisión es el servicio de asesoramiento de las actividades que influyen sobre el proceso de enseñanza aprendizaje, con miras a realizar un mejor planeamiento, coordinación y ejecución de éstas.
Corresponde al Director, Jefes de D.A.P e Inspectoría General coordinar y supervisar las actividades planificadas.
Perfeccionamiento:
Consiste en contribuir al mejoramiento del desempeño profesional de los docentes, mediante la actualización de conocimientos relacionados con su formación profesional, así como la adquisición de nuevas técnicas y medios que signifiquen un mejor cumplimiento de sus funciones.
Los departamentos administrativos de educación que pueden colaborar a estos procesos de perfeccionamiento son:
El Ministerio de Educación a través de sus programas de perfeccionamiento docente, cursos y otorgamiento de becas.
Las Instituciones de Educación Superior que estén debidamente acreditadas ante el CPEIP.
La Unidad Educativa, a través de talleres de trabajo y reflexión.
CAPITULO II
NORMAS TÉCNICO ADMINISTRATIVAS SOBRE ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DE ESTABLECIMIENTO.
Organigrama del Colegio Martin Luther King
Funciones de la Administración Educacional
De la Dirección:
La Directora, como jefa del establecimiento, es responsable de su organización y funcionamiento. Siendo sus funciones las siguientes:
- Dirigir el establecimiento de acuerdo a los principios de la administración educacional, teniendo siempre presente los propósitos del Proyecto Educativo Institucional (PEI).
- Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal.
- Proponer la estructura organizativa técnico-pedagógica de su establecimiento.
- Proporcionar un ambiente educativo estimulante al trabajo de su personal, creando condiciones favorables para la obtención de los objetivos de la Unidad Educativa.
- Impartir instrucciones para establecer una adecuada y eficiente distribución de los recursos.
- Presidir los diversos consejos y delegar funciones cuando corresponda.
- Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene y seguridad dentro del establecimiento.
- Cumplir con las normas e instrucciones de las autoridades educacionales competentes.
- Arbitrar las medidas necesarias para que se realicen normalmente la supervisión y la inspección del Ministerio de Educación conforme a las instrucciones que de ella emanen.
- Remitir a la Dirección Provincial y/o autoridad competente los informes, actas, estadísticas, ordinarios del establecimiento y toda otra documentación que aquel requiera, conforme a la legislación vigente.
- Llevar los documentos y registros que acredite la calidad de cooperador de la función educacional y aquellos que se requieren para impetrar la subvención.
- Informar oportunamente al sostenedor respecto de las necesidades surgidas en la Unidad Educativa.
- Ejercer supervisión directa sobre la Inspectoría General, el D.A.P., el personal docente, administrativo y auxiliar.
- Resolver en última instancia situaciones o problemas que presenten los estudiantes, apoderados y personal del establecimiento.
De la Inspectoría General:
El Inspector General es la persona que tiene como responsabilidad velar por las actividades del establecimiento, para que se desarrollen en un ambiente de disciplina, bienestar y sana convivencia.
A su vez, es el responsable inmediato de organizar, coordinar y supervisar el trabajo armónico y eficiente de los distintos organismos del establecimiento.
Corresponde al Inspector General cumplir con las siguientes funciones:
- Controlar la disciplina de los estudiantes, hábitos de puntualidad y respeto a sus superiores.
- Controlar el cumplimiento de los horarios de los docentes en sus clases sistemáticas y horas de colaboración.
- Llevar los libros de control de asistencia del personal docente y administrativo, salidas del personal, documentos de seguimiento de los estudiantes o libro de registro de anotaciones, libro de atrasos, retiros, inasistencias, cuaderno o registro de atención de apoderados, siendo de su responsabilidad que estén al día y bien llevados.
- Programar y coordinar las labores de sub-inspectoría.
- Autorizar la salida extraordinaria de los estudiantes, en ausencia del Director.
- Controlar la realización de actividades culturales, sociales, deportivas, de bienestar y promover las relaciones con los centros de padres y apoderados.
- Supervisar y controlar los turnos, formaciones y presentaciones del establecimiento.
- Velar por la buena presentación y el aseo del local escolar.
- Coordinar y supervisar que las clases no sean interrumpidas por otras actividades, y que se lleven a cabo en normalidad.
- Asistir a los consejos técnicos de su competencia.
- Mantener actualizado el inventario de los bienes del colegio.
De la Secretaría:
El cargo de secretaria será desempeñado por una persona capaz de relacionarse en forma fluida con todos los estamentos que componen la comunidad educativa. Deberá manejar conocimientos de computación en Word, Planilla Excel e Internet. La secretaria estará bajo la supervisión directa de la Dirección y tendrá las siguientes funciones:
- Atención de público con información referente al colegio.
- Atención y distribución de llamados telefónicos.
- Recepción de pagos de arancel.
- Recepción de otros pagos fijados en el año.
- Mantener al día la Estadística de Pagos de los estudiantes.
- Mantener al día Libros de Venta y Registro de Matrícula.
- Mantener las Fichas Escolares actualizadas.
- Recibir y entregar la correspondencia a tiempo.
- Confeccionar la documentación solicitada por la Dirección, Inspectoría o Profesores que tenga directa relación con las actividades del Establecimiento.
- Verificar la confección, impresión y archivo de los siguientes documentos: certificados anuales de estudio, informes de personalidad, licencias de enseñanza media y actas.
De los Docentes de Aula:
El Docente de Aula es el profesional que dentro del establecimiento es el responsable directo de administrar el proceso enseñanza aprendizaje y asegurar que los estudiantes tengan éxito en el desarrollo de todas sus potencialidades.
Corresponde al docente de aula las siguientes funciones:
En relación a la Labor en el Aula:
- Conducir el aprendizaje en el curso actuando como animador y facilitador del proceso enseñanza aprendizaje.
- Determinar los objetivos específicos de la asignatura en relación al curso.
- Preparar el material didáctico necesario para cumplir con sus actividades docentes.
- Organizar en el aula situaciones de aprendizaje de alto nivel utilizando metodologías, técnicas, procedimientos y estrategias que enriquezcan el ambiente de trabajo escolar.
- Reforzar comportamientos y desempeños de carácter formativos y de aprendizaje en cada situación didáctica creada en el quehacer escolar de los estudiantes.
- Preparar en forma oportuna, paralelamente a la planificación de las Unidades de Aprendizaje los instrumentos de evaluación formativa y acumulativa que aplicará a sus estudiantes.
- Evaluar junto a los estudiantes los resultados de los aprendizajes y de acuerdo a los rendimientos obtenidos, proponer estrategias de reforzamiento y reformulación de aprendizaje.
En relación con lo Técnico Administrativo:
Cumplir responsablemente las normas técnicas administrativas aprobadas por la Dirección en lo que se refiere a:
- Llegar puntualmente al salón de clases tomando el control del curso.
- Firmar diariamente el libro de asistencia.
- Firmar diariamente el libro de clases.
- Registrar en el libro de clases la asistencia diaria de los estudiantes.
- Registrar en el libro de clases los contenidos de su asignatura.
- Planificar oportunamente las Unidades de aprendizaje y entregarlas al D.A.P.
- Entregar antecedentes e informes solicitados por la Dirección.
- Registrar las evaluaciones de acuerdo al reglamento de Evaluación de la Unidad Educativa.
- Asistir puntualmente a los consejos de profesores.
- Informarse de la correspondencia recibida que esta a disposición de los docentes en el diario mural de la sala de profesores.
- Cuidar y revisar el buen uso de cuadernos, libros y materiales escolares.
- Solicitar permiso administrativo, en caso de ser necesario, a lo menos 48 horas antes, dejando la planificación de clases y/o actividades que deberían realizarse el día de su ausencia.
- Colaborar con la organización del Bienestar del establecimiento (mantención de toallas y manteles) y respetar los acuerdos aprobados por mayoría (50% +1), en cuanto a cuotas y beneficios.
En relación con los Estudiantes:
- Controlar la asistencia de los estudiantes en sus horas de clases. Solicitar Justificativo.
- Anotar observaciones, con objetividad de carácter positivo y negativo en la hoja de observaciones de los estudiantes.
- Crear el clima de trabajo adecuado para conducir el proceso enseñanza aprendizaje con un alto nivel de compromiso de parte de los estudiantes.
- Crear las condiciones para que cada estudiante logre satisfactoriamente su aprendizaje de acuerdo a sus capacidades personales.
- Explorar y estimular el desarrollo de aptitudes, intereses y otros aspectos vocacionales de los estudiantes.
- Comunicarse personalmente con el profesor jefe, participándole de aquellas situaciones y actuaciones del curso y/o estudiantes que necesiten seguimiento.
En relación con los Padres y Apoderados:
- Informar en reuniones de padres y apoderados, cuando sea necesario y de acuerdo con el profesor jefe:
- Los propósitos de la asignatura.
- Los logros que se espera de los estudiantes.
- El nivel de rendimiento observado en el curso y el apoyo que se espera de los padres.
- Entrevistar a los apoderados de los estudiantes con bajo rendimiento en su asignatura, para informarle de la situación y proponer estrategias remediales, previa información al profesor jefe.
En relación con Inspectoría General:
- Informar oportunamente de cualquier irregularidad respecto del mobiliario, edificio, instalaciones, etc.
Del Profesor Jefe de Curso:
El profesor jefe es el que coordina, orienta y anima las acciones del grupo curso, originadas en el Proyecto Educativo del colegio y en la aplicación de los Planes y Programas de Estudio.
El profesor jefe cumplirá con las siguientes funciones:
- Velar permanentemente por el desarrollo integral de los estudiantes pertinentes a su curso, procurando que logren un óptimo aprendizaje de acuerdo a sus potencialidades.
- Estructurar con los docentes de asignaturas un equipo de trabajo para definir propósitos comunes, establecer estrategias para formar criterios técnicos, revisar y evaluar resultados, etc.
- Mantener la organización del curso, asignando por turno pequeñas responsabilidades a los estudiantes tendientes a contribuir a la formación de hábitos.
- Citar las reuniones de apoderados que sean necesarias para mantener una comunicación permanente con ellos e ir evaluando los logros del Proyecto Educativo Institucional.
- Copiar en el Libro de clases cada viernes el horario de clases de la semana siguiente y cuidar que hayan firmado todos los profesores que trabajaron en el curso durante la jornada.
- Mantener una preocupación permanente por el aseo y ornato de la sala de clases transformándola en un lugar acogedor para los estudiantes y profesores.
- Preparar y organizar el diario mural de su sala y general cuando se le asigne.
- Cooperar y participar en las actividades que organiza la directiva y los apoderados de su curso.
En relación a los Estudiantes:
- Conocer personalmente en forma amplia a cada uno de sus estudiantes para orientarlos en su vida escolar, personal y en especial en la búsqueda de su futuro vocacional.
- Motivar el proceso enseñanza aprendizaje en el curso, así como promover los hábitos de estudio en sus estudiantes.
- Animar las relaciones interpersonales de los estudiantes y ser factor importante en la participación creativa de este grupo humano, conduciendo el consejo de curso hacia una óptima formación cívico-social.
- Intermediar responsablemente en la solución de problemas que afectan al curso o alguno de sus integrantes.
- Integrar a los nuevos estudiantes al grupo curso.
- Preocuparse por el bienestar, rendimiento, presentación personal y otros comportamientos de los estudiantes del curso, realizando un oportuno seguimiento y atención individual.
En relación a los Docentes de Asignaturas:
- Informarles periódicamente de las actuaciones del curso y las situaciones personales significativas que involucren a los estudiantes y comprometan a su aprendizaje y/o su formación.
En relación con los Padres y Apoderados:
- Conocer a los padres y apoderados del curso con cierta amplitud a través de las reuniones y entrevistas personales.
- Determinar el horario de atención a los padres y apoderados, de acuerdo con Inspectoría General.
- Organizar el grupo curso con los padres, docentes y estudiantes en torno al Proyecto Educativo.
- Mantener informados a los Padres y Apoderados en relación al desempeño general del curso y privadamente, de las actuaciones personales de cada estudiante.
En relación con la Inspectoría General:
- Informar periódicamente a Inspectoría general el comportamiento del curso en General y aspectos relevantes personales de los estudiantes en particular.
- Mantener el inventario de los bienes de la sala de clases e informar de cualquier irregularidad respecto del mobiliario, edificio, instalaciones, etc.
Del Profesor de Turno:
Es de responsabilidad del profesor de Turno:
- Durante los recreos controlar los juegos y el comportamiento de los estudiantes.
- Reforzar hábitos disciplinarios, aseo, presentación personal, etc.
- Informar a Inspectoría cualquier situación disciplinaria.
- Colaborar en caso de accidente.
De la Unidad de Servicios de Apoyo.
Los Auxiliares:
El auxiliar es responsable directo de la vigilancia, cuidado y mantenimiento de los muebles, instalaciones del local escolar y demás funciones subalternas de índole similar.
Las funciones del auxiliar de servicios son las siguientes:
- Mantener el orden y el aseo en todas las dependencias del establecimiento.
- Retirar y entregar correspondencia.
- Ejecutar reparaciones e instalaciones menores del local.
- Cuidar, responsabilizarse del uso, conservación de útiles, herramientas y máquinas del colegio.
- Desempeñar cuando proceda, atención de portería teniendo como responsabilidad específica:
- Regular, y vigilar entradas y salidas de las personas al establecimiento.
- Informar previamente a su superior la solicitud de ingreso de personas, antes de autorizar su entrada.
- Cuidar de su presentación personal, manteniendo limpio su uniforme.
- Mantener una relación amable y de respeto con los estudiantes, apoderados y todos los funcionarios del colegio.
La Manipuladora:
La manipuladora tendrá las siguientes funciones:
- Mantener la cocina y el comedor limpio y ordenado.
- Cuidar de su presentación personal.
- Mantener una relación amable y de respeto con los estudiantes, apoderados y todos los funcionarios del colegio.
- Desinfectar una vez al mes las dependencias de cocina y comedor con cloro.
- Calentar la comida de los estudiantes que traen colación de su hogar y velar que se la sirvan.
- Controlar el cumplimiento del horario del servicio de comida.
- Preparar la comida con el resguardo de higiene y seguridad que exige el Servicio de Salud.
- Llevar un registro anecdótico diario del comportamiento de los estudiantes en el comedor. Derivando a Inspectoría cualquier situación conflictiva.
- Mantener al día el inventario de los muebles y materiales de cocina y comedor.
- Coordinar en conjunto con la Dirección y el Profesor Jefe el buen uso de las dependencias por parte de los cursos cuando las soliciten para algún beneficio.
De los Documentos:
La Ficha Escolar:
La ficha es el documento individual del estudiante que registra sus antecedentes personales generales.
Consignará a lo menos los siguientes aspectos:
- Identificación del estudiante
- Informes Académicos
- Antecedentes Familiares
- Evaluaciones e Informes de otros Profesionales
- Otros antecedentes.
Del Informe de Personalidad:
El Informe de Personalidad es un instrumento técnico de orientación destinado a dar a conocer el progreso alcanzado por el estudiante en el desarrollo de su personalidad individual y social y verificar sus intereses y capacidades predominantes.
Cada profesor jefe será responsable de la elaboración de este Informe y deberá considerar todos los antecedentes registrados por los demás profesores.
El Informe de Personalidad será dado a conocer a padres y apoderados informándoles acerca de su contenido y orientándolos respecto del alcance de las evaluaciones inscritas en él.
Del Informe de Notas:
El informe de notas será confeccionado por el Profesor Jefe y se dará a conocer a los apoderados en las reuniones de microcentro.
De la Agenda Escolar:
La Agenda Escolar es el medio de comunicación e información de uso diario entre el colegio y el hogar del estudiante.
Contendrá el Reglamento de Convivencia Interna, y en ella deberá dejarse constancia escrita de citaciones y justificativos, avalados por la firma de directivos, docentes y apoderados.
Del Calendario Escolar:
El establecimiento funcionará de acuerdo al Calendario Escolar Nacional aprobado por el Ministerio de Educación, por el Calendario Escolar Provincial, estipulado por la Secretaria Regional Ministerial de Educación y el Calendario Escolar del Establecimiento.
Del Proyecto Educativo:
La Unidad Educativa asesorada por el D.A.P. elaborará el Proyecto Educativo que dará a conocer a la comunidad al inicio del año escolar correspondiente.
Del Reglamento de Convivencia:
El Reglamento de Convivencia se dará a conocer a todos los actores educativos a través de La Agenda Escolar y corresponderá a cada uno analizarlo y proponer su reestructuración en las instancias que corresponda.
Directivos y Docentes : Mediante el Consejo de Profesores.
Padres y Apoderados : Mediante el C.G.P.A. y reuniones de Microcentro.
Estudiantes : En las clases de orientación y mediante el Centro de Alumnos.
De los Calendarios Escolares y Recreos:
Los horarios de clases se confeccionarán con criterio pedagógico y de conformidad con las instrucciones emanadas del nivel central y regional. Deben elaborarse antes de la iniciación del año lectivo y podrán modificarse durante éste, según lo determinen las necesidades de la vida escolar.
Las clases se realizarán según los horarios y no podrán ser suspendidas sin previa autorización de la Secretaria Ministerial de Educación. No obstante, lo dispuesto anteriormente en los casos de fuerza mayor el Director podrá suspender dichas actividades, comunicando de inmediato de la medida a la secretaria Ministerial de Educación.
CAPÍTULO III
CONVIVENCIA INTERNA
De las Normas de la Vida Escolar
Padres y Apoderados:
"Los padres son los primeros educadores de sus hijos, misión propia e intransferible que debe asumir con amor y optimismo, sin su delicada colaboración, el colegio no podría conseguir sus fines propuestos"
El buen funcionamiento y la efectividad de la Comunidad Educativa no se puede lograr sin la estrecha colaboración de sus miembros, especialmente los padres de familia.
La matrícula de un estudiante en el colegio implica la aceptación del Proyecto Educativo y del Reglamento interno, por lo tanto, los padres no pueden dificultar las actividades del colegio.
Cada estudiante del colegio debe tener un apoderado que pueden ser el padre, la madre o ambos, o en su defecto otra persona que esté a cargo del menor y acredite su responsabilidad.
Derechos de los Apoderados:
- Recibir información oportuna y pertinente relacionada con el quehacer diario de su pupilo (a).
- Que su pupilo reciba una educación integral basada en valores y principios cristianos.
- Solicitar información referente a horarios, actividades, disciplina y avances en el proceso educativo de su pupilo.
- Ser escuchado en sus inquietudes y dudas respecto a los resultados académicos de su hijo(a).
Deberes de los Apoderados:
- Representar al estudiante ante la dirección de la escuela, estampando su firma y RUT en la Ficha del Alumno, Agenda y Libro de Clases, siendo responsable y supervisor del comportamiento y rendimiento escolar de su pupilo de acuerdo al Proyecto Educativo del colegio, al que debe adherirse en todos sus aspectos.
- Apoyar al proceso educativo de su pupilo (a) asistiendo a las reuniones de curso en forma obligatoria. En el caso de inasistencia debe justificar personalmente al día siguiente de la reunión o previamente, de lo contrario su pupilo (a) será suspendido de clases.
- Ante cualquier problema pedagógico que se presente con su pupilo (a) el apoderado deberá seguir el conducto regular, primero con el profesor de asignatura, luego con el profesor jefe, y la última instancia el D.A.P. y Dirección.
- Preocuparse todos los días de la presentación personal y académica de su pupilo (a). Justificar atrasos e inasistencias, solicitar fecha de pruebas en caso de inasistencias prolongadas. Firmar justificativos y toda comunicación dirigida al colegio.
- Asistir a las entrevistas solicitadas por el profesor jefe o de asignatura.
- Administrar a sus pupilos los materiales mínimos para que éstos puedan cumplir con sus obligaciones escolares (cuadernos, libreta de comunicaciones, material de artes, tecnológica, educación física, etc.).
- Responder por todo daño que su pupilo, realice como ser rotura de vidrios, deterioro de muebles, murallas, instalaciones eléctricas, baños, etc. En forma inmediata.
- Informar de alguna enfermedad o cualquier otro problema que lesione el rendimiento de su pupilo.
Estudiantes:
Son los estudiantes aquellas personas a quienes el colegio dedica toda su atención directa o indirectamente. De ahí que la actitud en todo momento ha de ser facilitar, ambientar y colaborar, de acuerdo a sus posibilidades, a la realización de la labor educativa sobre cada uno en particular y sobre todos en general.
Derechos de los Estudiantes:
- Al desarrollo normal de las actividades docentes y formativas del colegio.
- A la valoración objetiva de su rendimiento académico.
- A la orientación educativa y profesional con que cuenta el establecimiento.
- A que se respete su dignidad personal, no sufriendo sanciones humillantes.
- A que se respete su libertad de conciencia, así como sus convicciones religiosas y morales, siendo educado en comprensión y tolerancia.
- Al cariño, protección y participación de sus padres en todo el proceso de formación. Al igual que de sus profesores y compañeros.
- A la libre expresión, a la discrepancia y a ser escuchado en la explicación de sus equivocaciones antes de ser sancionado, siendo considerado como un sujeto en formación, susceptible de cometer errores.
- A la utilización adecuada y responsable de los espacios y recursos que tiene el colegio.
- Tener acceso a su hoja de vida en el libro de clases.
- A la protección inmediata en caso de accidente o enfermedad.
- Ser informado oportunamente de los beneficios a que puede postular, tales como becas, atención médica, seguro escolar, etc.
- Que los estudiantes en riesgo social (condiciones económicas y familiares complejas, embarazo, etc.) puedan continuar con sus estudios, sin ser maltratados física o psicológicamente.
- A solicitar un mediador, si considera que, no esta siendo escuchado o es sancionado injustamente.
Deberes de los Estudiantes:
- Respetar el Proyecto Educativo y cumplir sus normas que regulan la vida escolar.
- Participar activamente en el trabajo escolar, cumplir el horario lectivo y seguir las orientaciones de sus profesores.
- Cumplir las normas de presentación personal, disciplina y comportamiento exigido dentro y fuera de la sala de clases, respetando a los demás y conviviendo armoniosamente con estudiantes, profesores y personal del colegio, norma indispensable para el buen funcionamiento del establecimiento.
- Cumplir oportunamente con la entrega de trabajos propios de cada asignatura.
- Tener disponible el material educativo necesario para cada asignatura.
- Entregar al apoderado las comunicaciones enviadas por el colegio, sin falsificar su contenido.
- Velar por la buena reputación del colegio, tanto dentro como fuera de él.
- Utilizar responsablemente las instalaciones y servicios del colegio, haciéndose responsable de los daños o deterioro por el mal uso de los bienes muebles como de los inmuebles.
- Presentar justificativo escrito firmado por su apoderado cada vez que falte a clases.
- Participar con atención y respeto en los actos culturales, convivencias y todas las actividades preparadas por el colegio.
- Estar dispuesto al diálogo con el ánimo de fortalecer las relaciones interpersonales y superar los conflictos.
- Contribuir con el aseo, mantención, mejoramiento y embellecimiento de su sala de clases, el colegio y el entorno.
Deberes Generales de los Estudiantes:
1. Durante los recreos los estudiantes deberán salir de la sala de clases con el propósito de permitir la ventilación y evitar el deterioro en el mobiliario o accidentes por juegos u otras faltas a la disciplina.
2. Los estudiantes manifestarán un lenguaje y actitud de colaboración y respeto hacia todos los funcionarios que laboran en el colegio, del mismo modo que frente a los apoderados u otros visitantes.
3. Durante la jornada de clases los estudiantes no tienen autorización para salir del establecimiento.
4. Las salidas con fines educativos deben ser avisadas con 48 horas antes, al establecimiento y a los apoderados y quedarán registradas en el Libro de Salidas en Inspectoría General.
5. Cada curso será responsable del cuidado y aseo de su sala durante la jornada de clases. Para ello se asignará una comisión semanalmente.
6. Los estudiantes no podrán usar artefactos personales durante las horas de clases, como: celulares, mp3, mp4, audífonos, etc. Que puedan interrumpir el trabajo pedagógico. Será competencia del profesor de aula autorizar su uso dependiendo de la actividad planificada.
7. El Colegio no se hace responsable por pérdidas de objetos de valor que el alumno (a) ingrese al establecimiento.
De las Faltas a la Disciplina:
Cada estudiante por su cualidad de persona tiene un valor propio que hay que cultivar y dirigir con afecto. Por lo tanto, cuando se deba aplicar alguna medida disciplinaria a un estudiante por una actitud negativa, el profesional deberá tener especial cuidado que el estudiante tome plena conciencia que la medida aplicada esta plenamente justificada.
De las faltas:
Se entiende por "falta" cualquier comportamiento que dificulta o entorpece el proceso educativo, sea de orden moral, social o académico.
Las faltas se clasifican en dos tipos, atendiendo a la naturaleza de la acción, la intencionalidad y la frecuencia en que se produzcan, éstas son:
. Leves
. Graves.
Faltas leves:
Son todas aquellas acciones de los estudiantes, hechas sin mala intención, que apenas inciden negativamente en la vida escolar y que no suponen un comportamiento habitual o frecuente. Pueden ser ocasionadas por:
- Retrasos o ausencias (hasta tres sin justificación).
- Conversación en clases sobre asuntos ajenos a la misma.
- Incumplimiento de los deberes escolares.
- Presentación personal no acorde con el Reglamento.
- Toda otra acción que atente contra el buen funcionamiento del colegio o lo entorpezca en forma leve.
Faltas graves:
Son todas aquellas acciones de los estudiantes, hechas con mala intención que inciden negativamente en la vida escolar y que suponen un comportamiento habitual o frecuente, como:
- Reincidir en faltas leves (en más de tres oportunidades).
- Insubordinación hacia el personal directivo, docente o no docente.
- Abandono del colegio sin autorización.
- Conducta nociva grave para con los demás en materia religiosa, moral, social o disciplinaria.
- Fumar dentro de los límites del colegio o con el uniforme del colegio.
- Actitud negativa reiterada ante los avisos y correcciones.
- Riñas y actuaciones violentas con los compañeros.
- Proferir expresiones ofensivas contra la buena educación.
- Difusión o tendencia de material pornográfico, inmoral.
- Apropiación de objetos ajenos.
- Falsificación de firmas, notas o documentos.
- Deterioro y destrozo reiterado de útiles, instalaciones, material de trabajo, mobiliario, etc.
- Introducir bebidas alcohólicas o venir ebrio al colegio.
- Acciones indecorosas.
- Venta, compra o consumo de drogas.
- Aquellas acciones graves cometidas fuera del colegio, contra instituciones, personas o cosas que causen deterioro de los mismos.
Las sanciones que se señalan a continuación han de considerarse siempre como un instrumento educativo y tiene por propósito fundamental la corrección del estudiante en orden a su realización como persona responsable y el mantenimiento del proyecto educativo que facilite el normal desarrollo de la vida escolar. Estas deben aplicarse con criterio y tienen que ir de acuerdo a la edad cronológica del estudiante y su capacidad de discernimiento.
- Las Faltas leves serán sancionadas con medidas adecuadas y pedagógicas por el profesor o responsable inmediato.
- En el caso de faltas graves se pondrá en conocimiento del Profesor Jefe, Inspector General y Director, quienes podrán aplicar el tipo de sanción apropiada.
- Las faltas graves y la sanción impuesta serán comunicadas por escrito a los padres y apoderados dejando constancia escrita de esta comunicación en la hoja de vida del estudiante y/o Libro de Inspectoría.
Sanciones a las faltas leves:
- Amonestación verbal al estudiante.
- Amonestación escrita al apoderado.
- Suspensión de actividades académicas (durante la jornada de clases) con trabajo colaborativo.
Sanciones a las faltas graves:
a) Amonestación escrita al apoderado.
b) Suspensión de clases.
c) Condicionalidad de la matrícula.
d) Cancelación de la matrícula.
Medidas disciplinarias:
Faltas Leves
- La medida amonestación verbal será por parte del profesor y/o inspector con que se encuentre el alumno en el momento de la falta. En esta instancia el estudiante podrá apelar justificando su acción.
- La medida amonestación escrita será por parte del profesor y/o inspector, donde se comunicará a través de la agenda escolar, al apoderado, la falta que cometió el alumno(a) para sea corregida igualmente en el hogar.
- La medida, suspensión de actividades académicas se aplicará de la siguiente manera:
El alumno(a) deberá realizar actividades de tipo social, como orden de biblioteca, ayudantías en cursos menores, limpieza del patio, etc.
Faltas Graves
- La medida amonestación escrita al apoderado se realizará como sigue:
El inspector comunicará al apoderado, a través de la agenda escolar, la falta que cometió el alumno(a) y además dejará un registro de esta comunicación en el Libro de Inspectoría.
- La medida, suspensión de clases se aplicará en caso de faltas graves y de acuerdo a la acción del estudiante y sus consecuencias.
- La medida, condicionalidad de la matrícula será resuelta por la Dirección y el Consejo de Profesores, deberá ser comunicada al apoderado a través del Profesor Jefe al inicio del II Semestre, quien firmará como constancia de este hecho en el Libro de Inspectoría o el Libro de Clases.
- La medida, cancelación de matrícula, es prerrogativa exclusiva de la Directora del Establecimiento.
Además:
Todas las anotaciones, tanto en la hoja de vida como en el Libro de Inspectoría, serán comunicadas en el momento a los estudiantes por la persona que la realice.
El estudiante debe tener la instancia para exponer su punto de vista y disculparse ante un hecho de carácter negativo, lo que aminorará la falta o evitará la anotación.
Antes de la aplicación de cualquier medida disciplinaria el alumno debe ser invitado a dialogar y discernir sobre su propia actuación.
De la Asistencia y Puntualidad:
Los estudiantes deberán asistir a todas las actividades del Plan de Estudios del respectivo curso. El requisito de asistencia estará regulado por las normas de Evaluación y Promoción Escolar, considerando que:
- En casos especiales debidamente fundamentados y oportunamente certificados, la autoridad educacional, de conformidad a la reglamentación vigente que le competa, podrá eximir a un estudiante de alguna asignatura del respectivo Plan de Estudios.
- La hora de inicio de la jornada de la mañana es a las 08:00 horas y en la tarde a las 14:00 horas. Por lo que se requiere la presencia de los estudiantes 5 minutos antes.
- Las inasistencias serán justificadas por el apoderado oportunamente en forma personal o por medio de la Agenda Escolar.
- Los estudiantes que lleguen atrasados al inicio de las actividades educativas deberán tener un pase de Inspectoría General para su ingreso a clases. Siendo éste a las 08:30 horas.
- Podrán ingresar a clases atrasados, solo aquellos estudiantes acompañados de sus apoderados o que traigan una comunicación escrita de ellos. Quienes se presenten después de las 08:30 hrs. podrán incorporarse a las actividades escolares sólo en casos altamente justificados (atención médica).
- Inspectoría aplicará el siguiente criterio para controlar los atrasos:
- Con 3 atrasos: Amonestación al Apoderado por escrito.
- Con 6 atrasos: Firmar ficha de compromiso con el estudiante y su apoderado.
- Con más de 10 atrasos: Se informará personalmente al Apoderado la condicionalidad de matrícula.
- Si algún estudiante necesita retirarse antes del término de la jornada, el Apoderado deberá solicitar la autorización por escrito en la agenda escolar. En caso que el estudiante tenga una actividad o trabajo evaluado, el apoderado deberá solicitar personalmente un nuevo plazo.
- Los certificados médicos que justifican inasistencias, deben ser presentados en un plazo máximo de 48 horas a contar del primer día de inasistencia a clases.
- La asistencia a clases para ser promovido(a) de curso es de un 85% al año.
- El estudiante que hace abandono del colegio sin autorización o se ausenta de clases estando en el colegio, deberá obligatoriamente presentarse con el apoderado al día siguiente, al inicio de la jornada, al incurrir en esta falta el estudiante deberá cumplir las sanciones que Inspectoría determine.
De la Presentación Personal:
- El estudiante deberá demostrar en toda circunstancia y lugar una conducta personal acorde de su calidad de estudiante tanto en su presentación como en su comportamiento, atendiéndose en tales materias a las normas impartidas por el Ministro de Educación y por las acordadas en el Establecimiento.
- El uniforme y cualquier distintivo que el estudiante lleve consigo, es una prolongación del Colegio en que se educa.
- El estudiante debe presentarse todos los días con el uniforme del colegio que se indica:
Damas |
Polera roja |
Varones |
Polera roja |
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Falda o pantalón gris |
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Pantalón gris |
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Calcetas gris, zapatos negros |
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Calcetines gris, zapatos negros |
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Sweter rojo italiano |
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Sweter rojo italiano |
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Delantal cuadrille rojo |
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Cotona gris |
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Polar o Parka roja |
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Polar o parka roja |
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Buzo del colegio |
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Buzo del colegio |
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Cabello tomado con colet o cintillo gris o rojo. |
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Pelo corto. |
De los Actos Escolares:
Los actos escolares son esencialmente formativos, se organizan en conformidad con las normas vigentes sobre la materia, ellos son:
- Actos de Efemérides
- Actos de Aniversario
- Actos de Finalización de Año Escolar
- Actos de Licenciatura
De las Actividades Extra Escolares:
Las actividades extra-escolares son aquellas actividades formativas de carácter deportivo, recreativo, artístico, científico, tecnológico, social, que libremente elegido por los estudiantes se desarrollarán fuera del tiempo habitual de clases. Las actividades extraescolares no podrán interferir en el normal desarrollo de las actividades pedagógicas del colegio y se realizarán de acuerdo a las normas e instrucciones del Ministerio de Educación, de acuerdo a la Reforma Educacional y de la Jornada Escolar Completa Diurna.
CAPITULO IV
NORMAS PREVENCIÓN DE RIESGOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD
De la Estructura:
Introducción:
El presente reglamento establece normas que regirán la aplicación de las disposiciones contenidas en la Ley N° 16.744, sobre seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y de enfermedades profesionales y del artículo 171 del Código del trabajo. Asimismo, establece la aplicación de la normativa contemplada en el Art. N° 7 de la Ley N° 18.602 y DS N° 313 27/12/1972 que establece estarán protegidos todos los estudiantes de establecimientos fiscales o particulares por los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios o en el trayecto ida y regreso.
Las autoridades del Ministerio de Educación declaran que es deber del Estado velar por la salud e integridad física de los educandos y orientar mediante circulares una serie de introducciones destinadas a evitar accidentes en los escolares. De éstas se han extraído las responsabilidades de los actores involucrados en la siguiente estructura:
- Sostenedor
- Director
- Profesores
- Estudiantes
- Padres y Apoderados
El Sostenedor debe:
Proporcionar oportunamente los recursos adecuados y necesarios en cantidad y calidad al establecimiento educacional, con el fin de evitar accidentes que puedan lesionar al personal y los estudiantes y/o producir daños materiales.
El Director debe:
- Planificar y organizar anualmente las acciones de prevención de riesgos en los escolares en el establecimiento, de acuerdo a las instrucciones impartidas por el Ministerio de Educación.
- Supervisar permanentemente el cumplimiento de las normas impartidas para evitar los accidentes.
- Informar a los padres y apoderados del plan de prevención de Riesgos adoptado por la comunidad escolar.
- Facilitar las acciones de capacitación y perfeccionamiento del personal, en materia de prevención de riesgos.
- Instruir al personal sobre el proceso de traslado de estudiantes accidentados a los centros asistenciales que otorguen los beneficios estimulados en el Decreto N°313/72 sobre el Seguro Escolar de Accidentes.
- Velar por el fiel cumplimiento de las instrucciones impartidas por el Ministerio de Educación.
Los Profesores deben:
- Velar por la salud e integridad física de los estudiantes.
- Conocer el Reglamento Interno del establecimiento.
- Cumplir las normas básicas de orden, higiene y seguridad del presente Reglamento.
- Promover en forma permanente la participación de los estudiantes en todas las actividades de prevención de riesgo, estudiar sus sugerencias y ponerlas en práctica cuando proceda.
- Investigar en forma minuciosa todo accidente, adoptando las sugerencias necesarias para evitar su repetición.
Los Estudiantes deben:
- Evitar el uso de anillos, argollas, collares y cadenas, las cuales en cualquier momento pueden ser motivo de un accidente.
- Evitar los juegos bruscos, reyertas o bromas.
- No encender o apagar elementos calefactores.
- No accionar o reparar equipos eléctricos o mecánicos, ni usar los dientes como herramientas.
- No botar restos de comida, trapos, etc. A desagües, servicios higiénicos o en cualquier otro lugar no destinado específicamente para ello.
- Evitar subirse a techos, panderetas, muros, árboles, etc.
- No bajar o subir las escaleras corriendo, y evitar caminar o correr con objetos en la boca.
- No jugar sobre las mesas o sillas.
- Acatar órdenes y recomendaciones impartidas por los profesores.
- Informar si observan condiciones inseguras que signifiquen riesgos.
- Mantener sus sitios de trabajo y recreación en buen estado de orden y limpieza.
Los Padres y Apoderados deben:
1. Orientar a su pupilo en la prevención de accidentes.
2. Promover un clima de respeto y cooperación.
3. Informar a las autoridades del establecimiento cualquier condición insegura que observe en las instalaciones.
De las Normas de Seguridad para los estudiantes:
Normas Mínimas de Seguridad que deben existir en el colegio:
- La distribución del mobiliario escolar, máquinas y equipos en los diferentes recintos del colegio debe ser planificada teniendo presente el libre desplazamiento de los estudiantes y el camino expedito hacia el exterior, como una medida de seguridad en caso de una emergencia.
- Las superficies de trabajo y recreación de los estudiantes deben estar libres de elementos que alteren el normal desarrollo de sus actividades y juegos (cáscaras, piedras, tablas, escombros, etc.)
- Las salas de clases no deben tener vidrios quebrados, muebles deteriorados, puertas y ventanas en mal estado, interruptores y enchufes eléctricos quebrados, alambres y cables eléctricos con aislación deficiente o sin ella, ya que, constituyen un serio peligro de accidente para los estudiantes.
- Los profesores informarán oportunamente para corregir las condiciones inseguras antes señaladas.
- Los servicios higiénicos y duchas deberán ser revisados y desinfectados periódicamente, para su correcto funcionamiento, no podrán tener tazas o lavamanos trizados o en mal estado.
- El personal auxiliar no podrá vaciar detergentes y otros elementos de aseo en envases de alimentos o bebidas, con el fin de evitar lamentables equivocaciones.
- Las escaleras no deberán tener afiches, letreros, cuadros llamativos, espejos, que puedan ser objeto de distracción del estudiante.
- Se prohíbe a los estudiantes y profesores fumar dentro del colegio.
- Los profesores deberán informar a los padres y apoderados sobre las normas de higiene y seguridad que deben aplicar sus hijos o pupilos dentro del establecimiento, con el fin de evitar accidentes.
- Los profesores instruirán a los estudiantes sobre el cuidado y mantención del establecimiento y del mobiliario escolar, formando conciencia que el colegio está al servicio de la comunidad.
- El colegio debe contar con un botiquín de primeros auxilios, que contendrá: 1 termómetro, gasa, povidona, agua destilada, 1 tobillera, paletas de madera, 1 liga, parche curita, aguas de hierba, azúcar, bolsas de gel helada.
- En la ficha de matrícula o en la ficha escolar se mantendrá información actualizada y médicamente certificada de enfermedades o de discapacidades de los estudiantes que requieren tratamiento.
Normas Mínimas de Seguridad que deben adoptarse en Educación Física:
- Revisión de banquetas y tarimas de madera.
- Superficie de trabajo, pisos y canchas:
Que no presenten hendiduras, hoyos, clavos o tablas sueltas.
- Implementos deportivos:
Prohibir a los estudiantes utilizar cualquier elemento gimnástico o deportivo sin la autorización y vigilancia del profesor.
- Revisar dichos elementos entregando en Dirección los que estén en mal estado.
- Evitar que los estudiantes mastiquen chicle o ingieran alimentos en clases.
Procedimiento básico en caso de Accidente Escolar:
- Si un estudiante se accidenta, lo primero que se debe hacer es prestarle los primeros auxilios.
- Comunicar de inmediato a Inspectoría, para llenar el Formulario de Accidente Escolar, y definir si es de baja gravedad (cortes leves, caídas leves), mediana gravedad (fracturas, cortes profundos, situaciones sin riesgo vital) o alta gravedad (toda situación que represente riesgo de vida del estudiante).
- En caso de ser baja gravedad, se llamará al apoderado para comunicarle lo sucedido y se le llenará el Formulario de Accidente Escolar, siendo el apoderado quien lo traslade a un centro asistencial, para esto, el apoderado debe, obligatoriamente, tener un número de acceso en caso de emergencia y encontrarse ubicable.
- Si el accidente es de mediana gravedad o alta gravedad, el colegio se encargará del traslado inmediato del estudiante al Hospital Regional (en vehículo particular de la dirección o de un profesor y un funcionario del colegio acompañará al estudiante hasta que se haga presente el apoderado en el centro de salud). Si fuera necesario se solicitará una ambulancia.
- Una vez terminada la emergencia, el comité paritario deberá investigar las causas del accidente, proponer las medidas preventivas y comunicarlo al resto de la comunidad escolar.
Del Plan de Seguridad Escolar:
Introducción:
Teniendo a la vista el Manual “Plan de Seguridad Escolar”, con metodologías Aidep y Acceder entregado por la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior, ONEMÍ, y en atención a las disposiciones que al respecto señala el Ministerio de Educación, se ha elaborado el Plan de Seguridad Escolar del Martín Luther King College, que permitirá a estudiantes y funcionarios del establecimiento tener en cuenta las medidas a tomar en caso de Emergencia.
Objetivos:
- Generar en la comunidad escolar una actitud de autoprotección, teniendo por sustento una responsabilidad colectiva frente a la seguridad.
- Proporcionar a los estudiantes un efectivo ambiente de seguridad integral mientras cumplen con sus actividades formativas.
- Hacer de nuestro establecimiento un modelo de protección y seguridad, replicable en el hogar de nuestros estudiantes.
Organización operativa:
Con el propósito de mantener una organización permanente y responsable del funcionamiento del Plan de Seguridad Escolar y que se cumplan los objetivos planteados, se ha constituido un comité paritario que lo integran las siguientes personas:
Directora : Claudia Gómez.
Inspector : Erardo Ormeño.
Profesor : Angela Parra.
Profesor : Carlos Fuentes.
Profesor : Rigoberto Molina.
Jefe Casino : Sandra Escobar.
Responsabilidad de cada integrante:
Directora : Responsable definitivo de la seguridad del establecimiento.
Inspector : Coordinar la Evacuación y la atención médica con la entidad indicada.
Profesor : Coordinar la Evacuación y difundir la información de Prevención.
Profesor : Coordinar la Evacuación y mantener el orden.
Profesor : Apoyo logístico.
Jefe Casino : Apoyo logístico.
Riesgos de origen natural:
Por las características climáticas de la zona nos encontramos expuestos a:
- lluvias con carácter de temporal
- temblores o terremotos
- tsunamis o maremotos
Riesgos provocados por el hombre:
Por la irresponsabilidad o descuido humano estamos expuestos a:
- accidentes de tránsito
- incendios
- intoxicaciones
- accidentes de trabajo
Articulación del Plan de Seguridad Escolar:
Objetivo:
Prevenir las situaciones que pongan en riesgo la seguridad de las personas que laboran en el establecimiento y en forma especial a la de los estudiantes.
Actividades:
Será preocupación del Comité de Seguridad poner en acción las siguientes actividades:
- vías de escape señalizadas y expeditas en caso de emergencia.
- Señalizar zonas de seguridad en el establecimiento.
- Que los patios se mantengan limpios y despejados.
- Llevar a cabo campañas de prevención.
- Revisión permanente de ventanas, puertas y techumbre.
- Revisión del sistema eléctrico.
- Revisión del sistema de gas y calefacción.
- Que las canaletas y bajadas de agua se mantengan limpias.
- Que los extintores se mantengan con carga vigente y en lugares adecuados para su uso oportuno.
Programa:
Con el fin de dar cumplimiento a los objetivos se establece el siguiente programa de actividades:
- capacitar a la comunidad escolar sobre prevención de riesgos, sean éstos dentro del establecimiento o en trayecto de ida y regreso.
- difundir el Plan de Seguridad entre los estudiantes, padres y apoderados y funcionarios docentes y no docentes del establecimiento.
Metodología:
En el Martín Luther King College se utilizará la metodología ACCEDER.
Alarma
Comunicación
Coordinación
Evaluación 1
Decisiones
Evaluación 2
Readecuación
Cronograma de actividades:
Cada año se revisará la articulación del Plan de Seguridad
I Semestre II Semestre
Estructuración del Plan de Seguridad |
X |
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Difusión del Plan de Seguridad |
X |
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Reuniones del Comité |
X |
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X |
X |
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X |
Talleres de Prevención |
X |
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X |
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Revisión de patios |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
Revisión sistema eléctrico |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
Revisión sistema de gas |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
Revisión de caldera |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
Revisión de canaletas y desagües |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
Revisión de ventanas y puertas |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
Revisión de mobiliario |
X |
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X |
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Recarga de extintores |
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X |
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Ensayos de Evacuación |
X |
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X |
|
X |
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Sistema de Alarma de Emergencia:
El establecimiento utilizará un sistema de alarma electrónico, el cual se activará mediante un pulsador de emergencia a cargo de Inspectoría.
Este contará con dos sonidos, uno intermitente para sismos y otro continuado para incendios y evacuación.
- Alarma Intermitente:
Esta señal durará 60 segundos y los alumnos se deberán refugiar bajo la mesa (en sala de clases) y si se encuentran en recreo, agruparse en el centro del patio abierto.
- Alarma Continua:
Esta señal durará 4 minutos y será el indicativo para dirigirse hacia la zona de seguridad.
Evaluación del Plan:
El Plan de Seguridad Escolar del establecimiento Martín Luther King College será evaluado en forma permanente y al inicio de cada año.
La evaluación será responsabilidad del Comité Paritario, el Consejo Escolar y el Consejo de Profesores.
De las Normas de Seguridad para los trabajadores:
Normas Mínimas de seguridad para los trabajadores:
- Según Ley N° 16.744 se declara obligatorio el Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del
Trabajo y Enfermedades Profesionales.
- Quedarán sujetos, obligatoriamente, a este seguro, todos los trabajadores dependientes, cualesquiera que sean las labores que ejecuten, o cualquiera que sea la naturaleza de la empresa o institución.
- Para los efectos de este seguro la entidad empleadora Martín Luther King Ltda. se encuentra adherida a la mutualidad denominada I.S.T.
- Para los efectos de esta ley se entiende por accidente de trabajo toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte.
- Son también accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar del trabajo.
- Es enfermedad profesional la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo.
- Con todo, los afiliados podrán acreditar ante el respectivo organismo administrador (I.S.T.), el carácter profesional de alguna enfermedad o la relación de un accidente con el trabajo. La prueba de las excepciones corresponderá al organismo administrador.
- Las mutualidades están obligadas a realizar actividades permanentes de prevención de riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
Los trabajadores deben:
- Utilizar pasamanos y no correr en las escaleras.
- Trasladarse sin objetos que obstaculicen su vista.
- Tomar las debidas precauciones cuando deban manipular materiales de Laboratorio.
- Conservar y dar buen trato a los elementos de trabajo entregados para su uso.
- Dar cuenta de todo síntoma de enfermedad profesional que advierta o cualquier accidente personal que sufra, por leve que sea.
- Comunicar de todo desperfecto en los medios de trabajo que afecten su seguridad o la de los demás.
- Participar en las capacitaciones que las mutualidades o el empleador ofrezcan.
- Tomar conocimiento del presente reglamento en todas sus disposiciones.
Los trabajadores no deben:
- Introducir bebidas alcohólicas o presentarse a trabajar en estado de embriaguez.
- Manipular maquinarias o equipos sin autorización.
- Fumar en el lugar de trabajo.
- Desentenderse de normas o instrucciones de ejecución o de higiene y seguridad impartidas para un trabajo dado.
Sanciones a los trabajadores:
- El reglamento contempla sanciones a los trabajadores que no respeten cualquiera de sus partes y que de sus faltas deriven perjuicio para la empresa empleadora.
- Las sanciones consistirán en multas en dinero que serán proporcionales a la gravedad de la infracción, pero no podrán exceder de la cuarta parte del salario mínimo mensual. ( DS N° 50, 1988 ).
Procedimiento básico en caso de Accidente del Trabajo:
- Si un trabajador se accidenta, lo primero que debe hacer es prestarle los primeros auxilios.
- Comunicar de inmediato a Secretaría, para llenar el formulario de Declaración Individual de Accidente del Trabajo, y definir si es de baja gravedad, mediana gravedad o alta gravedad.
- En caso de ser baja gravedad, el I.S.T deriva al trabajador al Centro Médico SURMEDICA con una hora designada al especialista.
- Si el accidente es de mediana gravedad o alta gravedad, el I.S.T deriva al trabajador a la Clínica Alemana de Valdivia, enviando una ambulancia si fuera necesario.
- El fono de atención de accidentes del I.S.T estará en conocimiento de los integrantes del comité paritario quienes se organizarán en sus funciones.
- Una vez trasladado el accidentado, el jefe directo debe procurar que se mantengan intactas las condiciones del lugar de trabajo, excepto si esta condición sea generadora de otros riesgos ( incendio, contaminación, etc.).
- Una vez terminada la emergencia, el comité paritario deberá investigar las causas del accidente, proponer las medidas preventivas, elaborar un informe y, de acuerdo a la gravedad del accidente, definir el momento en que se reúne con el resto del personal para dar a conocer y analizar este hecho.
- La investigación del accidente debe ser entregada antes de 48 horas a la Dirección.
- Si el accidente es grave, o potencialmente grave, se deben paralizar las actividades y hacer una reunión de información y análisis del caso de inmediato. Evalúe si el personal esta en condiciones psicológicas de laborar.
- Tener presente que la Investigación de accidente termina con la implementación de todas las medidas preventivas y/o correctivas.
- El Director y encargado del Plan de Seguridad deben estar pendientes de la evolución de la salud de su accidentado.
- Antes del 30 de marzo para alumnos antiguos.
- Los alumnos nuevos, última semana de abril.
- Diagnóstico
- Síntomas o limitaciones asociadas al diagnóstico
- Implicancias para el proceso de aprendizaje
- Sugerencias educativas (metodológicas y/o de evaluación)
- Tratamiento indicado (farmacológico, terapéutico, etc.)
- Propósitos de las pruebas.
- Tiempo del que dispondrá para contestar.
- Manera de registrar las respuestas, dependiendo del tipo de item elaborado.
- Planificación y elaboración de instrumentos evaluativos, los que son ingresados al calendario semestral de cada curso.
- Los resultados obtenidos por los estudiantes, serán conocidos por éstos y analizados con su profesor de asignatura.
- Los apoderados deberán ser también informados del resultado de cada prueba, deberán firmarla cuando el profesor lo requiera.
- Notas Parciales: Corresponderán a las calificaciones coeficiente uno (1) que el alumno obtenga durante el semestre en los respectivos subsectores.
- Notas Acumulativas: Tales como (tareas, disertaciones, trabajos de investigación) serán registradas en el cuaderno del profesor del cual se sacará un promedio que será registrado en el libro de clases y dadas a conocer al estudiante en el momento de ser asignadas, como una nota parcial.
- Promedio Semestral: Corresponderán en cada subsector de aprendizaje, al promedio aritmético, con aproximación de las calificaciones parciales asignadas durante el semestre, siendo estas el 70% de notas parciales y el 30% de la prueba de síntesis.
- Promedio Final Anual: Las calificaciones finales corresponderán al promedio aritmético con aproximación de las calificaciones semestrales asignadas.
- Los estudiantes serán evaluados con un mínimo de dos (2) notas parciales y un máximo de seis (6) notas parciales de acuerdo a la cantidad de horas por sub-sector, siendo la nota mínima 1.0 .
- Los estudiantes serán evaluados con una (1) prueba coeficiente 1 (parcial) al día.
- Los estudiantes que falten a una o más pruebas, deberán presentar certificado médico y/o justificativo del apoderado, siendo responsabilidad del apoderado acercarse al profesor para fijar la nueva fecha de prueba, de lo contrario, el profesor aplicará la evaluación al finalizar el semestre con una nota máxima de 6.0.
- Al finalizar cada semestre, los alumnos serán evaluados con una prueba de síntesis, coeficiente uno, la que incluirá los ítems más importantes de la asignatura, para ello se entregará un temario con un mínimo de 20 días de anticipación, esta prueba tendrá un valor de 30% de la calificación final y se eximirán los alumnos que tengan promedio semestral sobre 6.0.
- Quedan exentos de la prueba de síntesis los sub-sectores de Ed. Física, Ed. Musical, Ed. Artística, Ed. Tecnológica y Religión.
- Los subsectores de: Ed. Física, Ed. Musical, Ed. Artística y Ed. Tecnológica no podrán tener promedios insuficientes o rojos, debido a que se evalúan habilidades y destrezas. Los tópicos como responsabilidad y otras actitudes deben evaluarse con conceptos y registrarse en el Informe de Desarrollo Personal y Social del estudiante y/o Hoja de Vida.
- En el caso de los estudiantes que se presenten sin implementación para trabajar en Ed. Artística, Ed. Tecnológica, Ed. Musical y Ed. Física, el profesor les asignará una tarea distinta que será evaluada con nota máxima 4.5.
- El colegio espera obtener de sus alumnos, un rendimiento académico semestral promedio de 5,8 en primaria y 5,6 en secundaria. Para aquellos que no cumplan con el desempeño escolar esperado, la dirección y DAP citará a la familia y/o apoderado para establecer estrategias de trabajo que fortalezcan el desempeño académico del alumno, para esto se elaborarán cartas de compromiso con las acciones a realizar y los plazos establecidos.
- Para ser promovidos los alumnos deberán acreditar un 85% de asistencia de clases establecidas en el Calendario Escolar Anual. No obstante, la Directora del establecimiento y el profesor jefe podrán autorizar la promoción de estudiantes con porcentajes menores de asistencia, fundados en razones de salud u otras causas debidamente justificadas, como situaciones familiares que hubieran causado perjuicio al estudiante.
- Se considerará la asistencia de los estudiantes que participen en eventos nacionales e internacionales en el área de deporte, cultura, ciencias y artes.
- Los estudiantes que por motivos justificados requieran ingresar tardíamente a clases, ausentarse por un período determinado o finalizar el año escolar anticipadamente deberán realizar la solicitud a la Dirección del Establecimiento. Según Art. 12 de la Res. Exenta Nº 511/1997.
- Los estudiantes que no asistan a clases por más de 30 días consecutivos sin justificación podrán ser retirados de los Registros del Establecimiento previa autorización de la Directora.
- Serán promovidos los estudiantes que hubieran aprobado todas las asignaturas del plan de estudio de sus respectivos cursos.
- Serán promovidos los estudiantes que hayan reprobado una (I) Asignatura, pero siendo su promedio General de calificaciones igual o superior a 4,5 (cuatro coma cinco), incluida la asignatura reprobada.
- Igualmente serán promovidos los estudiantes que hayan reprobado 2 Asignaturas (que no sean los dos del área H.C.), siempre que su promedio general sea de un 5,0 o superior, incluidos los no aprobados.
- El apoderado en tal caso, presentará una solicitud a la Secretaria Ministerial de Educación, la cual designará un establecimiento educacional para que se le administren los exámenes que correspondan.
- Siendo designada esta Unidad Educativa, corresponderá al profesor del curso (primer ciclo básico) o a los profesores que sirven las asignaturas en examen (5° a 8°), del curso en el cual está matriculado el estudiante, seleccionar contenidos, elaborar y aplicar el examen.
- El docente de curso o Asignatura hará llegar los contenidos, la Matriz y tabla de especificaciones del examen a lo menos 8 días antes de la aplicación a la DAP.
- Será función de la DAP. supervisar todo el proceso de validación, comenzando con la calendarización de los exámenes, fijar lugar y hora en que serán aplicados, también dará a conocer al apoderado los contenidos que en él se considerarán.
- De 1° a 4°año Básico, el examen consistirá en una evaluación global, de 5° a 8° Básico y Enseñanza Media, consistirá en un examen por cada asignatura señalada por la Secretaria Regional Ministerial de Educación.
- Las mensualidades deberán ser canceladas por adelantado, los 10 primeros días de cada mes. El apoderado que cumpla con este punto recibirá un descuento del 5% de su mensualidad.
- Cualquier retraso en la cancelación oportuna de la mensualidad, deberá justificarse de inmediato en Secretaría.
- El no pago de las mensualidades s considerará una falta grave, si el apoderado no se presenta a dar sus explicaciones la Dirección del colegio se reserva el derecho de cancelar la matrícula del estudiante al año siguiente.
- En el caso de retiro de un estudiante, el apoderado deberá dejar cancelada la mensualidad del mes en curso.
- Los estudiantes que tengan hermanos en el colegio, recibirán un descuento de $ 2.500 por cada hermano.
- Pago en efectivo.
- Pago con documentos: se extenderán a nombre del Sostenedor don Cesar Soto Savando.
- Pago con letras notariales: se utilizarán en caso de acumulación de deuda, se extenderán a nombre del Sr. Cesar Soto Savando por el total de la deuda al plazo designado por el sostenedor.
- En el caso de retiro de un estudiante, el colegio no hará devolución de dineros.
- Se devolverá el dinero en su totalidad, siempre y cuando el estudiante no haya asistido ningún día al establecimiento y la causal de retiro sea el traslado de sus padres.
- Si el apoderado da aviso de retiro del estudiante deberá cancelar las mensualidades correspondientes hasta realizar el retiro oficial.
- El Director
- El Representante del Sostenedor
- El Representante de los Profesores
- El Presidente del Centro General de Padres
- El Presidente del Centro de Alumnos
- Los logros de aprendizaje de los alumnos. Rendimiento escolar y/o mediciones de la calidad de la educación obtenidos por el establecimiento.
- Los informes de las visitas de fiscalización del Ministerio de Educación respecto del cumplimiento de la Ley N° 18.962 y del D.F.L N° 2 de 1998. Esta información será comunicada por el Director en la primera sesión del Consejo luego de realizada la visita.
- Proyecto Educativo Institucional
- Programación anual y actividades extracurriculares
- Las metas del establecimiento y los proyectos de mejoramiento propuestos
- El informe escrito de la gestión educativa del establecimiento que realiza el Director anualmente, antes de ser presentado a la comunidad educativa, y
- La elaboración y las modificaciones al Reglamento Interno del establecimiento
- Identificación del establecimiento
- Fecha y lugar de constitución del Consejo
- Integrantes del Consejo Escolar
- Funciones y facultades que tendrá el Consejo
- Organización del Consejo
- Periodicidad de las sesiones
- Prestar servicio y cooperación al alumnado y a los estamentos pertenecientes al Colegio para el engrandecimiento de toda la comunidad.
- Mantener un diálogo constante, contacto periódico y una interrelación con los estamentos Directivos del establecimiento y con el Centro General de Padres y Apoderados para manifestar inquietudes, sugerencias y/o peticiones del alumnado.
- Organizar, coordinar y ejecutar actividades culturales, recreativas y de bienestar social. Junto con esto, proyectar la imagen interna de nuestro establecimiento hacia la comunidad, relacionándolas con el Proyecto Educativo del Colegio.
- Representar oficialmente al alumnado ante organizaciones estudiantiles, con las cuales este Centro se relacione, en conformidad a su Reglamento.
- Presidente
- Vicepresidente
- Secretario de Actas
- Secretario de Finanzas
- Director de Extensión
- Informar, coordinar y promover las iniciativas de los alumnos del establecimiento.
- Elaborar un Plan Anual de Trabajo y someterlo a la consideración de la asamblea general para su estudio y aprobación y luego presentarlo ante las autoridades del establecimiento.
- Coordinar y participar en los distintos directorios del Centro de Alumnos.
- Representar al alumnado ante la Dirección del Colegio, Cuerpo Docente, Paradocente, Padres y Apoderados del Establecimiento y ante otras instituciones cuando fuere necesario.
- El presidente del Centro de Alumnos tendrá derecho a fuero, entendiéndose este como la facultad de no rendir sus pruebas y/o trabajos evaluados en las fechas establecidas, por compromisos del cargo y la posibilidad de ser evaluado en plazos posteriores, comúnmente acordados con el profesor correspondiente, respetándose el porcentaje de rendimiento para la aprobación.
- El fuero es válido para cualquier integrante de la directiva que reemplace al Presidente, en un orden jerárquico.
- El Presidente y Directiva del Centro de Alumnos durarán en sus cargos un año. Este período comprenderá desde la primera semana de Agosto del año lectivo en curso hasta el mes de Julio del año siguiente.
- Presidente
- Vicepresidente
- Secretario
- Tesorero
- Dos Delegados
- La elección será a través de listas cerradas.
- Tienen derecho a voto todos los estudiantes de 5° Básico a 4° Medio.
- Cada lista debe presentar un Plan de Trabajo, definiendo claramente sus objetivos y actividades.
- Se realizará un foro abierto a toda la comunidad donde las listas inscritas darán a conocer sus planes de trabajo.
- Habrá un período de Campaña Electoral de una semana.
- El voto será secreto, libre e informado.
- La definición de la lista ganadora será por mayoría simple de votos.
- Los cargos tendrán vigencia de un año.
- El recuento de votos será público, el mismo día de la elección.
- Se creará un TRICEL (Tribunal Calificador de Elecciones) que estará constituido por tres miembros. Éstos serán los responsables de administrar el proceso eleccionario junto a los profesores asesores.
- Todo aspecto que no esté contemplado en este Reglamento lo resolverá el TRICEL.
- Presidente
- Vicepresidente
- Secretario de Actas
- Secretario de Finanzas
- Director de Extensión
- Podrán ser candidatos a Presidente y Vicepresidente sólo alumnos de Enseñanza Media.
- Los alumnos de 7º y 8º podrán postular a los cargos nº 3,4 y 5.
- Los estudiantes deben contar con al menos un año de antigüedad en el Colegio.
- Haber sido promovido con un promedio de notas igual o superior a 5.0 y no haber reprobado ninguna asignatura en el último semestre.
- Presentar conductas acorde a los principios establecidos por el Reglamento de Convivencia del Colegio.
- La Asamblea General efectuará reuniones de carácter ordinario una vez al mes. La Directiva del Centro en acuerdo con la asamblea fijarán el día y la hora, sin perjuicio que el Presidente por iniciativa propia o petición de la directiva o asamblea fije reuniones extraordinarias dentro del mes.
- La Directiva sesionará un día de la semana antes de la reunión con la Asamblea General.
- La asistencia a las reuniones tendrá carácter de obligatorio. Para toma de decisiones relevantes se exigirá el 50%.
- Las reuniones deberán ser informadas oportunamente de su fecha y Tabla a tratar.
- Docentes titulados o habilitados legalmente para ejercer docencia.
- Profesores que tengan a lo menos tres años de ejercicio docente.
- Profesores con desempeño en el establecimiento no inferior a los dos años.
- Asesorar la organización y desarrollo de las actividades del Centro de Alumnos orientándolas hacia el logro de los objetivos.
- Velar porque las acciones del Centro de Alumnos se enmarquen dentro del Reglamento Interno del Colegio.
- Estudiar y asistir los Planes de Trabajo y documentos preparados por los distintos organismos del Centro de Alumnos.
- Facilitar la comunicación entre el Centro de Alumnos y los demás estamentos del Colegio.
- Perder la calidad de alumno regular del establecimiento.
- Faltar gravemente al Reglamento Interno del Colegio.
- Asistir a menos de un 80% de las reuniones, sin justificación, con respecto a la Asamblea General.
- Renuncia voluntaria por traslado de colegio, enfermedad u otros motivos de índole personal.
- Laboratorio de Computación, Al laboratorio de Computación del Martin Luther King College.
- Equipo, a todo el equipamiento computacional que se encuentra dentro de las dependencias del laboratorio de computación;
- Departamento de Apoyo Técnico, a la unidad que se encarga de administrar y resguardar los equipos tecnológicos e informáticos que se encuentran al servicio de la comunidad estudiantil y personal docente del colegio;
- Alumno, a toda persona que curse estudios regularmente en el establecimiento, que haya cumplido con los requisitos exigidos por el Martin Luther King College y su normativa interna;
- Profesor, a aquella persona que presta sus servicios profesionales al colegio para impartir conocimientos a los alumnos a través de clases;
- Clase, a toda actividad pedagógica o de investigación realizada por algún docente perteneciente al colegio; y
- Encargado, al encargado del laboratorio de computación del Martin Luther King College.
- Regular el acceso al laboratorio.
- Administrar los recursos que forman parte del laboratorio y accesorios que ellos utilicen (Computadores personales, portátiles, impresoras, etc.)
- Velar por el buen funcionamiento de los equipos.
- Controlar el buen uso de los equipos por parte de los estudiantes.
- Registrar las infracciones de todos los estudiantes del colegio en el libro de registro del laboratorio.
- Garantizar un ambiente adecuado a las horas prácticas, detectando aquellos estudiantes que no utilicen los recursos en forma adecuada o interfieran el trabajo de sus compañeros.
- Impedir el acceso al laboratorio de los estudiantes que se encuentren sancionados o soliciten servicios fuera de horario.
- Asesorar a los usuarios que lo soliciten.
- Utilizar en forma correcta los libros y textos de consulta que se encuentran en la biblioteca.
- Apoyar a los estudiantes y profesores en la búsqueda de material de trabajo y estudio.
- Pelo tomado.
- Uñas cortas.
- Delantal.
- 1 cocinilla a gas de dos platos (sin gas)
- 5 Mesones
- 3 Microondas
- 2 Fuentes medianas
- 1 colador
- Platos
- Bandejas
- Servicio
- Fumar
- Consumir alcohol
- El ingreso de niños menores y estudiantes a la cocina
- La manipulación de los artefactos propios del casino por parte de los alumnos.
- Antes de realizar un experimento, lee atentamente las instrucciones de la guía de trabajo y escucha aquellas que te dará tu profesor(a). Si tienes dudas, pregúntale a tu profesor(a).
- No realices ninguna acción que no te hayan señalado.
- En el laboratorio evita los juegos y las bromas, ya que, además de ser peligroso, interrumpes el trabajo de tus compañeros(as).
- Utiliza los elementos de seguridad necesarios para el laboratorio (delantal, guantes, gafas de seguridad, etc.), según indique el profesor(a).
- Nunca trabajes solo(a) en el laboratorio, hazlo siempre bajo supervisión de tu profesor(a).
- Avisa inmediatamente si ocurre un accidente, o si detectas un procedimiento erróneo.
- Cerciórate que en el laboratorio exista un extintor y botiquín de primeros auxilios.
- Tu lugar de trabajo debe estar siempre limpio y ordenado.
- No comas, bebas, ni fumes en el laboratorio, ya que, es posible que los alimentos o bebidas contaminen tu lugar de trabajo.
- Mientras manipulas sustancias químicas, no te frotes los ojos y no te lleves material de laboratorio a la boca.
- No se debe usar gorros, bufandas u otros accesorios, ni tampoco usar un delantal muy amplio o desabotonado, por peligro de contaminación, atropamiento o inflamación.
- Lávate siempre las manos antes y después de realizar un experimento, se recomienda usar un desinfectante líquido y secar con papel absorbente desechable.
- Las uñas deben estar cortas y limpias.
- El pelo largo debe recogerse antes de iniciar un trabajo en el laboratorio, especialmente si se va a trabajar con calor.
- Cuando uses material de vidrio, asegúrate que este en perfectas condiciones. Nunca utilices material trizado o quebrado, ya que, aumenta el riesgo de accidentes.
- No practiques presiones indebidas ni fuerces piezas de vidrio, ya que, si se rompe el material te puede ocasionar cortes de gravedad.
- El vidrio caliente tarda en enfriarse y presenta el mismo aspecto que el vidrio frío. Por eso, cuando calientes material de vidrio, avísale a tus compañeros(as) de grupo para evitar quemaduras.
- Nunca inclines la cabeza cerca del mechero encendido, ya que, el cabello se combustiona rápidamente, para prevenir es mejor mantenerlo recogido.
- No tomes con las manos objetos que hayan sido expuestos al calor, para ello, utiliza siempre pinzas apropiadas.
- Al calentar una sustancia en un tubo de ensayo, sostenlo con una pinza y mantenlo inclinado de modo que el extremo abierto no apunte ni hacia tu cara ni hacia la de tus compañeros(as). El calentamiento siempre debe ser por la parte superior de la sustancia, nunca por la base del tubo, ya que, el líquido podría proyectarse.
- Nunca quemes materiales o sustancias químicas que no te haya indicado tu profesor(a).
- Asegúrate de no tener cerca sustancias inflamables cuando enciendas el mechero u otra fuente de calor.
- Nunca calientes un recipiente o frasco totalmente cerrado, ya que, puede estallar.
- No calientes líquidos o sustancias sólidas en recipientes de vidrio que no sean resistentes al calor (probetas, pipetas, frascos) o que estén en mal estado.
- Para calentar líquidos inflamables como el alcohol, debes hacerlo a baño maría.
- Apaga el mechero si no lo estas ocupando.
- Antes de abrir un envase que contenga una sustancia química, siempre debes leer las etiquetas de seguridad que informan de su peligrosidad, así como las instrucciones de uso. (Anexo 1).
- Jamás utilices sustancias químicas contenidas en frascos sin identificación.
- Para manipular las sustancias químicas, utiliza espátulas, cucharas, pinzas u otro instrumento.
- Evita tocar sustancias químicas con tus manos.
- Si tienes que extraer una sustancia química de un frasco usando pipeta, hazlo siempre con la mano (propipeta); nunca aspires con la boca.
- No huelas las sustancias químicas directamente, para oler una sustancia química debes ventilar hacia tu nariz parte de los vapores utilizando una de tus manos.
- Nunca pruebes sustancias químicas. Los ácidos, hidróxidos y otras sustancias químicas son altamente corrosivas y tóxicas.
- No viertas agua dentro de un ácido o base fuertes, ya que, el material produce calor. El procedimiento correcto es verter lentamente el ácido o base dentro del agua, agitando suavemente.
- Nunca realices mezclas sin la autorización de tu profesor(a), las mezclas de sustancias químicas pueden causar reacciones inesperadas y provocar accidentes.
- Cuando hagas una reacción química en un tubo de ensayo, nunca dirijas el extremo abierto del tubo hacia ti o hacia algún compañero(a).
- Nunca mires por encima de un tubo de ensayo o vaso de precipitado donde se lleve a cabo una reacción química, pues el contenido podría salpicarte en la cara.
- No tires las sustancias químicas por el desagüe, si necesitas botarlas, entrégaselas a tu profesor(a) para que le aplique el tratamiento adecuado para eliminarlas (neutralización) y proteger así el medio ambiente.
- Al realizar un experimento con sustancias químicas, emplea solo las sustancias y las cantidades indicadas por el profesor(a).
- Utiliza guantes y gafas de seguridad, si fuese necesario, sobre todo cuando utilices sustancias corrosivas.
CAPITULO V
PLAN Y REGLAMENTO DE EVALUACIÓN ESCOLAR
Consideraciones Generales:
Evaluación a nivel del aula (Currículos específicos)
“Considerando que la Evaluación es un proceso inherente al proceso educativo, es, a nivel del aula, donde cobra su real significado y definitivamente adquiere el carácter de proceso permanente.”
Enseñanza y Aprendizaje constituyen dos pasos didácticos inseparables que se integran en un proceso único en permanente Interacción. Esto significa que el estudiante deja de ser un receptor pasivo destinado solo a recibir información, para constituirse en un sujeto activo y participativo.
Dentro de este esquema, la Evaluación se constituye en un proceso orientado a obtener información de todas las posibilidades de desarrollo del estudiante; para ayudarlo a adquirir una clara visión de sí mismo y desarrollar en él, una actitud positiva hacia la educación y su participación futura en la sociedad. Esto nos permite concluir que no solo evaluaremos a nuestros estudiantes para otorgarles una calificación y determinar su promoción o repitencia, sino, fundamentalmente, para detectar el grado de progreso alcanzado por ellos, en su proceso de formación humana.
PÁRRAFO 1°
DISPOSICIONES GENERALES:
-Artículo 1°.- En el presente Reglamento, se contemplan las disposiciones que se aplicarán en el Martin Luther King College que imparte Educación Pre-básica, Educación Básica y Educación Media..
-Artículo 2°.- El Proyecto Educativo Institucional (PEI) de nuestra Unidad Educativa pretende: estimular, formar, habilitar, capacitar, enriquecer, reforzar, y desarrollar todo el potencial del estudiante, para lo cual, los Objetivos Específicos, serán formulados en la función del desarrollo de los Procesos Cognitivos, Comunicacional, Socio-afectivo, Psicomotor y Técnico artístico.
-Artículo 3°.- Consecuentes con esta propuesta Curricular, el enfoque evaluativo, a nivel del aula, deberá orientarse en dirección al logro de los Objetivos que el docente formule en pos del desarrollo de dichos procesos en el estudiante, entendiéndose dentro de ellos: esquemas cognoscitivos, capacidades intelectuales, destrezas y habilidades psicomotrices, apreciación, interpretación y creación artística, dominio de técnicas básicas, estrategias metacognitivas y el aspecto ético social, actitudes, hábitos y valores.
-Artículo 4°.- El Director, el Consejo de Profesores y el D.A.P, planificarán el proceso de evaluación del colegio y determinarán los aspectos administrativos complementarios, los cuales serán comunicados oportunamente al inicio del año escolar correspondientes a los señores apoderados, estudiantes, y Provincial de Educación de Valdivia.
PÁRRAFO 2°
DISPOSICIONES SOBRE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN, PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN.
-Artículo 5°.- Serán evaluados en Períodos Semestrales, los estudiantes de todos los niveles señalados en el artículo 1°.
-Artículo 6°.- A los señores apoderados les serán entregados dos Informes de Evaluación, en cada Semestre, los que registrarán el logro alcanzado por su pupilo a la fecha de emitido el Informe.
-Artículo 7°.- En el caso de los estudiantes que provengan de un establecimiento de régimen de Evaluación Trimestral, sus notas serán consideradas parciales y/o constituirán Semestre, según sea la fecha de ingreso a esta Unidad Educativa.
-Artículo 8°.- El Consejo de Profesores, previo informe técnico pedagógico, podrá eximir de una Asignatura o Actividad contemplada en el Plan de Estudios, a los estudiantes que acrediten tener dificultad de Aprendizaje, problemas de salud u otro motivo debidamente fundamentado. En ningún caso esa exención podrá referirse a las asignaturas principales.
En caso debidamente calificado, será la Dirección Provincial de Educación quién conceda la exención del Subsector.
Corresponderá, en ambos casos, al Apoderado, presentar a la Dirección del colegio la solicitud de exención, acompañando certificados que la justifiquen.
-Artículo 9°.- En el caso de estudiantes que en el transcurso del año sufran perjuicio imprevisto y no puedan ser eximidos de asignaturas, serán sometidos a una actividad y evaluación diferenciada, acorde a su dificultad presentada.
-Artículo 10°.-La coordinación de Actividades de Evaluación se realizará habiéndose constituido los docentes en:
- Consejo Profesores Jefes y de Asignaturas.
- Consejo Técnico General de Finalización de Semestre.
-Artículo 11º.-El logro de los Objetivos Fundamentales Transversales se registrarán en el Informe de Desarrollo Personal y Social del estudiante, el que se entregará anualmente a los padres y apoderados junto con el Informe de Calificaciones.
PÁRRAFO 3°.
PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN Y FORMAS EDUCATIVAS:
-Artículo 12°.-Evaluación Diagnóstica:
El docente deberá recurrir, tanto al diagnóstico con fines de educación del estudiante en el aprendizaje, como al que le permite identificar causas de deficiencias que le inciden en el aprendizaje.
La Evaluación Diagnóstica, no dará origen a calificaciones, pero la información obtenida de ella deberá ser analizada por el docente o equipo de docentes de un mismo curso, con el fin de percibir, precisar y/o atender necesidades, logros o déficits.
-Artículo 13°.-Evaluación Formativa:
Deberá aplicarse durante todo el desarrollo del proceso Enseñanza Aprendizaje y la frecuencia de ella dependerá y deberá estar basada en la forma de desempeño del estudiante.
Esta evaluación no dará origen a calificación y se expresará en niveles de dominio, los que, traducidos a notas para una mejor comprensión del estudiante y del apoderado, al ser informados de ellas, tendrán la siguiente equivalencia:
Inicial = 1.0 a 3.9 Intermedio = 4.0 a 5.5 Avanzado= 5.6 a 7.0
Detectados los niveles de inicial e intermedio, el docente deberá aplicar estrategias remediales que correspondan al problema.
Es tarea del docente informar continuamente al estudiante de su grado de dominio, estimularlo hacia el logro y guiarlo en una autoevaluación.
-Artículo 14°.-Evaluación Acumulativa o Sumativa:
Solo se procederá a ella después de agotado el proceso formativo.
Deberá ser administrada al término del tratamiento de dos o más contenidos afines de un tópico Central.
-Artículo 15°.- Evaluación Diferenciada:
La evaluación diferenciada, se define como el conjunto de procedimientos metodológicos e instancias evaluativas que permiten atender a los estudiantes que tengan dificultades temporales o permanentes para desarrollar adecuadamente su proceso de aprendizaje en algunos subsectores o asignaturas del plan de estudio.
La evaluación diferenciada no debe entenderse como una disminución del nivel de logro de los objetivos, sino más bien, considerando las dificultades del estudiante.
Las instancias evaluativas corresponden al mismo conjunto de instrumentos que se aplica a todo el alumnado con adaptación en su forma según indicaciones del Departamento de Orientación, (más tiempo para rendir evaluaciones, métodos instructivos, fraccionar el trabajo en tarea cortas, entre otras).
Se comprenderá por estudiantes que tengan dificultades temporales o permanentes para desarrollar adecuadamente su proceso de aprendizaje en algunos subsectores del plan de estudio, aquellos que se encuentren en algunas de las siguientes situaciones:(trastorno del aprendizaje (dislexia, discalculia, disgrafía,) CI Normal lento, Déficit Atencional con o sin hiperactividad, trastornos emocionales o de salud).
A). Solicitud:
1.a) Las necesidades educativas especiales son detectadas por el profesor/a de asignatura, por el profesor jefe, orientadora o apoderado y evaluados por un profesional específico (Neurólogo, Psicólogo, Psicopedagogo).
2.a) La petición de evaluar en forma diferenciada al estudiante debe ser presentada a la Orientadora del Establecimiento conforme a los siguientes plazos:
1.b) La solicitud debe ser acompañada de los informes actualizados de especialistas pertinentes que respalden dicha petición. Los informes deben incluir:
C. Resolución
Con los antecedentes anteriores la Orientadora del colegio informará al apoderado, los acuerdos establecidos por DAP.
La aceptación de la petición implica el compromiso del apoderado para llevar a cabo todas las gestiones, procedimientos y/o tratamientos que permitan al alumno o alumna superar las dificultades.
D. Seguimiento
1.d) A través del Profesor Jefe se informará periódicamente al apoderado sobre el avance de su pupilo (a), tanto a nivel de su rendimiento, como en el desarrollo de actitudes que se relacionan con su problemática.
2.d) El apoderado deberá entregar un informe semestral del profesional externo que atienda a su hijo (a), al comienzo del II semestre.
3.d) A partir de los antecedentes del seguimiento se realizarán los ajustes pedagógicos pertinentes.
IMPORTANTE: La condición de alumno con evaluación diferenciada, no implica la aprobación del subsector.
-Artículo 16°.- De las Formas y Medios Evaluativos:
Las formas y medios evaluativos, deberán ser los adecuados a cada una de las situaciones a evaluar.
Se implementará y llevará, en los cursos de 1° a 2° básico, un Registro de Evaluación Formativa; en él, cada docente designará la información requerida a través de: Pautas de Observación, Pruebas de Ensayo, Registros Anecdóticos, Escalas de Apreciación, Entrevistas, etc.
Toda información recogida de los instrumentos de Evaluación Formativa, deberán ser considerado como esfuerzo y referencia que incidirá en la Evaluación Acumulativa Semestral y Anual del estudiante.
Previo a la aplicación de cualquier prueba, el docente deberá entregar al estudiante instrucciones claras sobre los siguientes aspectos:
En el proceso de administración de instrumentos de evaluación con propósito se seguirán las siguientes disposiciones:
-Artículo 17°.-Al término de cada semestre, el Profesor Jefe, junto con el Informe de Evaluación de los estudiantes de su curso, elaborará una Planilla de Resultados con los porcentajes de alumnos, en cada nivel de logro, de los subsectores principales (Lenguaje, Matemática, Ciencias, Historia e Inglés), éste será presentado al Consejo de Profesores y será elaborado en conjunto con todos los docentes involucrados.
Posteriormente dicha Planilla quedará en el D.A.P.
PÁRRAFO 4°
DE LAS CALIFICACIONES:
-Artículo 18°.-Los estudiantes deberán ser calificados en todos los sectores, subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje del Plan de Estudio correspondiente. Estas calificaciones deberán referirse solamente al Rendimiento Escolar.
-Artículo 19°.-En el subsector de Religión, la evaluación será expresada con conceptos: Inicial (I), Intermedio (IN), Avanzado (A). Esta calificación no incidirá en la promoción del estudiante al curso superior.
-Artículo 20°.-Los estudiantes serán evaluados en cada uno de los subsectores de aprendizaje o actividades del respectivo Plan de Estudios de acuerdo a la siguiente escala:
En cifras |
En palabras |
7,0 |
Siete coma cero |
6,0 |
Seis coma cero |
5,0 |
Cinco coma cero |
4,0 |
Cuatro coma cero |
3,0 |
Tres coma cero |
2,0 |
Dos coma cero |
1,0 |
Uno coma cero |
-Artículo 21°.- Las calificaciones se expresarán hasta con un decimal.
-Artículo 22°.- La calificación mínima de aprobación es 4.0 (cuatro).
-Artículo 23º.- Durante el año lectivo los estudiantes obtendrán las siguientes calificaciones:
-Artículo 24°.-Las notas acumulativas registradas en el libro de clases, no deberán presentar enmiendas. Si así apareciesen, será responsabilidad del profesor de la Asignatura, refrendar la encomienda con su firma y registrará al pie de la hoja de calificaciones: el nombre del estudiante, motivo de la enmienda, fecha y firma. El estudiante y su apoderado serán informados de esta situación.
-Artículo 25º. Durante el año lectivo los alumnos y alumnas serán evaluados como sigue:
No obstante podrán ser evaluados también con una nota acumulativa el mismo día de la parcial (ejemplo: quiz y prueba de unidad).
PÁRRAFO 5°
DE LA PROMOCIÓN DEL ALUMNO:
-Artículo 27°.-Para la promoción al curso inmediatamente superior se considerarán, conjuntamente, la Asistencia y el Rendimiento de los estudiantes.
1.- Asistencia:
2.- Rendimiento:
-Artículo 28º.-El Director del Establecimiento Educacional con el o los profesores respectivos deberán resolver las situaciones especiales de evaluación y promoción de los estudiantes. Entre otros, resolverán los casos de los estudiantes que, por motivos justificados, requieran ingresar tardíamente a clases, ausentarse por un período determinado y / o finalizar el año escolar anticipadamente u otro semejante.
PARRAFO 6°
DE LOS CERTIFICADOS DE ESTUDIO Y
ACTAS DE REGISTRO DE CALIFICACIONES Y PROMOCIONES:
-Artículo 29º.-La situación final del promedio de los estudiantes deberá quedar resuelta al término de cada año escolar. Una vez finalizado el proceso, el Establecimiento Educacional entregará a todos los estudiantes un Certificado Anual de Estudios que indique los sub-sectores con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente.
-Artículo 30º.-Las Actas del Registro de Calificaciones y Promociones escolares consignarán, en cada curso, las calificaciones finales en cada subsector, la situación final de los estudiantes y Cédula Nacional de Identificación de cada uno de ellos.
-Artículo 31º.-Las Actas se confeccionarán en tres ejemplares idénticos y deberán ser presentadas a la Secretaría Regional Ministerial de Educación correspondiente.
-Artículo 32º.-Las situaciones de Evaluación y Promoción Escolar no previstas en el presente decreto, serán resueltas por la Secretaría Regional Ministerial de Educación respectiva dentro de la esfera de su competencia.
PÁRRAFO 7°
DE LOS EXÁMENES DE VALIDACIÓN DE ESTUDIOS.
-Artículo 33°.-La situación referida a validación de estudios de estudiantes que lo requieran y estén matriculados en esta Unidad Educativa, se regirá de acuerdo al art. 13° del DCTO. Exto 146/26-8.88. Para tal efecto se observarán las siguientes disposiciones:
CAPITULO VI
REGLAMENTOS ANEXOS
Reglamento de la recaudación de aranceles:
De las mensualidades:
De las formas de pago:
De los retiros:
Las disposiciones o medidas no contenidas en el presente reglamento serán resueltas por la Directora del Colegio.
Reglamento de Asignación de Becas:
Artículo 1°
En conformidad a lo dispuesto en el artículo 24 del DFL N°2 de 1996 del Ministerio de Educación y a lo agregado por el artículo 2 N°6 de la Ley N°19.532, se establece el siguiente Reglamento de Asignación de Becas a estudiantes del Martín Luther King College.
Artículo 2°
Se eximirá en forma total o parcial de los cobros mensuales a los estudiantes cuyo puntaje ponderado sea igual o inferior a lo establecido en los artículos siguientes, como resultado de la aplicación del formulario de postulación.
Artículo 3°
Las postulaciones deberán hacerse a más tardar el 30 de Noviembre del año anterior al período de exención, en un formulario elaborado por el colegio.
Artículo 4°
El formulario de postulación contendrá los parámetros y puntajes que a continuación se detallan:
1.-Ingreso Grupo familiar Per cápita:
- Menos de 1 ingreso mínimo 9 puntos.
- Entre 1 y 2 ingresos mínimos 6 puntos.
- Entre 2 y 3 ingresos mínimos 3 puntos.
- Más de 3 ingresos mínimos 1 punto.
2.-Número de hermanos:
- Hermano estudiando en Martín Luther King 3 puntos.
- Hermano estudiando en Ed. Superior 3 puntos.
- Hermano estudiando en Ed. Media 2 puntos.
- Hermano estudiando en Ed. Básica 1 punto.
3.-El grupo familiar vive en casa propia:
- No 4 puntos.
- Si 2 puntos.
4.-El grupo familiar paga dividendos hipotecarios o arriendo:
- El 50% de su ingreso imponible 4 puntos.
- El 30% de su ingreso imponible 2 puntos.
- El 10% de su ingreso imponible 1 punto.
5.-El grupo familiar tiene automóvil de uso particular:
- No 4 puntos.
- Si 1 punto.
6.-Salud del grupo familiar:
- Enfermos crónicos o terminales en la familia 4 puntos.
- Enfermedades temporales 1 punto.
7.-Lugar de residencia de la familia:
- Viven a más de 2 kilómetros del colegio 4 puntos.
- Viven a menos de 2 kilómetros del colegio 2 puntos.
8.-Constitución del grupo familiar:
- Vive de allegado 4 puntos.
- Vive con algún familiar 3 puntos.
- Vive con uno de sus padres 2 puntos.
- Vive con sus padres 1 punto.
Artículo 5°
Los postulantes que obtengan sobre 30 puntos tendrán el 100% de Beca. Los estudiantes que obtengan un puntaje inferior a 30 tendrán una exención parcial determinada por la Dirección.
Artículo 6°
Los postulantes deberán acompañar al formulario de postulación, todos los antecedentes que acrediten lo expresado en el formulario, considerándose para tal efecto, los siguientes: informe socioeconómico del grupo familiar extendido por la Asistente Social o ficha CAS, con una antigüedad no superior a 6 meses, declaración de impuestos si es independiente, certificado de AFP si es dependiente, boletas de pago de arriendo o dividendo, certificados de matrícula, certificados médicos, etc.
Artículo 7°
El Consejo de Profesores podrá proponer a su vez a aquellos estudiantes con mejores promedios, mejor comportamiento, más esforzados o por méritos deportivos, culturales o artísticos que estimen se hacen merecedores de una Beca Parcial, debiendo quedar dicha propuesta consignada en un Acta del Consejo de Profesores.
Artículo 8°
Todas las postulaciones deberán quedar resueltas a más tardar el 10 de Diciembre, se le comunicará el resultado a los padres o apoderados antes de finalizar el año escolar, teniendo éstos un plazo de 10 días para apelar de la resolución. La apelación deberá hacerse por escrito.
Artículo 9°
La Beca tendrá una duración de 1 año correspondiendo al año escolar para el que se postula. A excepción de las que otorgue el sostenedor en forma permanente. Considerando el número de Becas que corresponde de acuerdo al procedimiento establecido en la Ley y las que el Sostenedor del establecimiento entregue voluntariamente, sean éstas totales o parciales.
Artículo 10°
Los beneficiarios de Beca que hubieren entregado datos o antecedentes falsos para acceder a dicho beneficio en forma total o parcial; quedarán imposibilitados de volver a postular en los años sucesivos.
Artículo 11°
Copia del presente Reglamento de Becas, se entregará en el Departamento Provincial de Valdivia, teniéndose dicho ejemplar como auténtico para todos los efectos legales. Las modificaciones que se le introduzcan al presente Reglamento, sólo tendrán efecto, una vez que éstas hayan sido entregadas al citado Departamento de Educación.
Reglamento del Consejo Escolar:
Considerando:
Que, la política educacional del Supremo Gobierno tienen entre sus objetivos propender a la activa participación de todos los actores de la comunidad escolar con el objeto de mejorar la calidad de la educación y los logros de aprendizaje en los establecimientos educacionales;
Que, en los artículos 7°,8° y 9° de la Ley 19.979 se dispuso que en cada establecimiento educacional subvencionado deberá existir un Consejo Escolar, y se reguló su integración y funciones, se hace necesario reglamentar el procedimiento para la constitución y funcionamiento de este Consejo en el Martín Luther King College.
Artículo 1°:
La constitución, funcionamiento y facultades del Consejo Escolar se regirán por las normas establecidas en la ley N° 19.979 y por las que se establecen en el presente reglamento.
Artículo 2°:
El Consejo Escolar, en adelante “el Consejo” tendrá carácter informativo, consultivo y propositivo.
Artículo 3°:
El Consejo estará integrado por:
Artículo 4°:
El Consejo será informado de las siguientes materias:
Artículo 5°:
El Consejo será consultado en los siguientes aspectos:
Artículo 6°:
El Consejo sesionará 4 veces en el año, 2 por semestre.
Artículo 7°:
El sostenedor, en la primera sesión del año debe manifestar qué facultades le otorga al Consejo y en qué materias, de no ser así, se entienden por prorrogadas.
Artículo 8°:
El Director debe convocar a la primera sesión del Consejo, la que tiene carácter de constitutiva para todos los efectos legales. La citación debe realizarse mediante carta certificada dirigida al domicilio de los integrantes y una circular dirigida a la comunidad escolar, éstas deben ser enviadas con una antelación no inferior a 5 días anteriores a la fecha fijada para la sesión constitutiva.
Artículo 9°:
Dentro de un plazo no superior a 10 días hábiles a partir de la fecha de constitución del Consejo, el sostenedor hará llegar al Departamento Provincial del Ministerio de Educación una copia del acta constitutiva del Consejo Escolar, la que debe indicar:
Cualquier cambio en los miembros del Consejo debe informarse al Departamento Provincial del Ministerio de Educación para la actualización del acta respectiva.
Reglamento del Centro de Alumnos:
Objetivos Generales del Centro de Alumnos:
De la Directiva y sus funciones:
Composición:
La directiva del Centro de Alumnos estará compuesta por:
Funciones:
Facultades del Centro de Alumnos:
Del Consejo de Curso:
Se define como el organismo base del Centro de Alumnos, lo integran los alumnos del curso respectivo, que organizarán democráticamente, bajo la tutela del profesor jefe, la elección de su Directiva y elegirán a los representantes ante el Centro de Alumnos.
Cada Consejo de Curso elegirá su directiva que estará compuesta por:
A estos cargos no podrán postular los alumnos que, a criterio del profesor jefe, no reúnan los requisitos necesarios para representar idóneamente a su curso.
De las elecciones del Centro de Alumnos:
Sistema de elección:
De los cargos:
De los candidatos:
De las fechas del proceso eleccionario:
1. Inscripción de las listas : hasta el 30 de Marzo.
2. Campaña Electoral : del 1 al 10 de Abril.
3. Foro de presentación : 11 de Abril o día hábil siguiente.
4. Votación : 12 de Abril o día hábil siguiente.
5. Recuento de votos : 12 de Abril o día hábil siguiente.
De las reuniones:
De los profesores asesores:
Podrán ser profesores asesores del Centro de Alumnos:
Funciones del Profesor Asesor:
Sanciones:
Los miembros de la directiva del Centro de Alumnos serán removidos de sus cargos en caso de:
La Directiva del Centro de Alumnos se encargará de reemplazar a la brevedad los cargos vacantes, respetándose el orden jerárquico.
Reglamento uso del laboratorio de Computación.
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1 .- El siguiente reglamento es de observancia general y tiene por objeto regular el servicio que presta el Laboratorio de Computación del Martin Luther King College, de infracciones, sanciones y procedimiento disciplinario aplicables a los alumnos y personal académico del establecimiento.
Artículo 2 .- Para efectos de este reglamento se entenderá por:
CAPÍTULO II
Del personal del Laboratorio de Computación
Artículo 3 .- El laboratorio de computación del colegio dependerá directamente del Departamento de apoyo técnico pedagógico e informático del establecimiento, denominado con la sigla DAT.
Artículo 4 .- Como responsable del laboratorio, se encuentra el Encargado de Apoyo Técnico, quien deberá estar debidamente identificado, durante el horario de servicio, mismo que será quien tenga relación directa con los usuarios, y quien determinará el uso y préstamo de los equipos computacionales, basándose en el presente reglamento.
Artículo 5 .- El encargado del laboratorio tendrá como funciones las siguientes:
Artículo 6 .- El laboratorio tendrá un horario de servicio durante el día, el cual será de lunes a jueves de 08:00 a 13:00 Hrs. en la mañana, de 14:00 a 17:30 en la tarde y los viernes de 08:00 a 13:00 Hrs.
CAPÍTULO III
De la prestación del servicio
Artículo 7 .- El laboratorio de computación será utilizado solamente para fines educacionales y de investigación ó de apoyo a las actividades académicas del colegio.
Artículo 8 .- Solo se podrá prestar el servicio del laboratorio a alumnos regulares y personal docente del Colegio en funciones, que estén debidamente autorizados por la instancia pertinente. Cuando lo soliciten otras personas se requerirá autorización por escrito del encargado de Informática y la Dirección del establecimiento.
Artículo 9 .- a) Los profesores que requieran del servicio del laboratorio, deberán solicitarlo en un lapso mínimo de dos hora antes de requerirse y estará sujeto a factibilidad. En caso de que la solicitud se haga en el mismo momento en que se le quiera dar uso, éste podrá autorizarse siempre que sea por una causa justificada y que no exista una reservación previa.
b) Los alumnos que requieran del laboratorio para fines académicos, como búsqueda de información para trabajos y/o tareas, deberán solicitarlo al encargado con anticipación y deberán ser supervisados por un docente ó en su defecto por el encargado.
Artículo 10 .- Al ingresar al laboratorio, a cada usuario le será asignado un equipo de acuerdo con el orden numérico de la lista del curso u otro sistema que el encargado determinare, del cual se hará responsable ante cualquier desperfecto, daño ó pérdida. Por esta razón deberá revisar el equipo antes de utilizarlo y avisar inmediatamente al encargado de existir alguna anomalía en él.
Artículo 11 .- El profesor que haga ingreso al laboratorio deberá dejar constancia de su visita en la bitácora, que se mantendrá en el laboratorio para tal efecto.
Artículo 12 .- El docente deberá velar por el comportamiento de los alumnos dentro del laboratorio, con el fin de conservar la disciplina.
Artículo 13 .- El encargado del laboratorio revisará las instalaciones completamente antes y después del ingreso de un curso, dejando una observación en la bitácora de ser necesario.
CAPÍTULO IV
De los servicios de conectividad local e Internet
Artículo 14 .- El colegio provee conexión a Internet en 2 modalidades: Alámbrica e inalámbrica. Los alumnos y profesores tendrán acceso a ambas modalidades de conexión, desde los computadores ubicados en el laboratorio de computación, como también desde computadores personales, en el caso de la conectividad inalámbrica. La conexión a Internet provista está permitida solo dentro de las instalaciones del colegio.
Artículo 15 .- El acceso a Internet desde los computadores del laboratorio y cualquier equipo conectado en alguna de las 2 modalidades individualizadas en el artículo 14, será utilizado única y exclusivamente para fines pedagógicos.
Artículo 16 .- Se prohíbe la utilización de aplicaciones P2P, acceder a cualquier sitio Web cuyo contenido no corresponda a fines académicos y didácticos, tales como material pornográfico, chatear, visitar redes sociales, fotolog, etc. La infracción a este artículo será causal de sanción, aplicando directamente el artículo 28.
CAPÍTULO V
De las restricciones
Artículo 17. - Los usuarios del laboratorio, no podrán introducir al laboratorio alimentos y bebidas de ninguna especie; así como mascotas de cualquier tipo.
Artículo 18 .- Los usuarios del laboratorio, no podrán llevar consigo dentro del laboratorio cualquier otro artículo que se preste al traslado de objetos diversos; así como aparatos de sonido encendidos.
Artículo 19 .- a) Se prohíbe la instalación en los computadores del laboratorio de programas que no sean los adquiridos por el colegio. Asimismo, se prohíbe la eliminación ó borrado de los programas instalados en los computadores, y realizar cambios en la configuración de éstos, lo que será causal de sanción.
Artículo 20 .- Por ningún motivo los alumnos o docentes podrán trasladar equipos o sus accesorios fuera del lugar que tienen asignados y en ningún caso fuera del inmueble.
Artículo 21 .- Por ningún motivo el encargado del laboratorio podrá realizar trabajos o tareas de los alumnos.
Artículo 22 . - Queda estrictamente prohibido dar uso de los equipos para pornografía, juegos y en utilizaciones no propias para la educación.
Artículo 23 .- El número máximo de usuarios por computadora será de dos alumnos.
Artículo 24 .- Ningún usuario podrá guardar información en el disco duro, con excepción de los trabajos escolares que por su naturaleza lo requieran.
Artículo 25 .- Se restringe a los usuarios la intervención física directa de los equipos computacionales, adulterar parte o la totalidad de un equipo, accesorio ó suministro, así como desarmar un equipo ó cambiar de ubicación partes y piezas.
CAPÍTULO VI
De las sanciones
Artículo 26 .- Para efectos de este capítulo, se podrán aplicar las siguientes medidas de apremio:
I.- Apercibimiento;
II.- Amonestación; y
III.- Restricción.
Articulo 27 .- Por apercibimiento, se entenderá a la primera llamada de atención que en forma verbal haga el encargado del laboratorio ó el profesor a cargo al usuario infractor.
Artículo 28 .- Por amonestación se entenderá a la segunda llamada de atención que haga el encargado ó el profesor , se dejará constancia en su respectiva hoja de observaciones y en ésta oportunidad se le hará saber al usuario infractor que en caso de reincidencia se aplicará la sanción mencionada en la fracción tercera del artículo 26 de este reglamento.
Artículo 29.- La restricción es la medida disciplinaria que aplicará el Encargado de Informática y que consistirá en la prohibición de acceso al usuario infractor a la dependencia por un plazo no menor de siete días y hasta en forma indefinida si el caso lo amerita.
Para efectos del artículo 20 y 22 de éste reglamento, en caso de que el daño ocasionado fuere en forma dolosa, el Encargado de Informática podrá solicitar al Director del colegio, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento disciplinario y/o Código del trabajo, la expulsión y/o despido inmediato del usuario del Colegio, sin renunciar la Institución a su derecho de proceder penal o civilmente en contra del infractor, ó sus tutores legales si procediere.
Artículo 30 .- En caso de rebeldía del usuario a resarcir el daño conferido, El encargado de informática hará del conocimiento del Director y del sostenedor del Colegio la situación, quien hará el requerimiento de pago del daño ocasionado al equipo , por medio de citación directa que se le haga al usuario.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente reglamento a toda la comunidad educativa.
SEGUNDO.- El presente reglamento entrará en vigor el día 1 de Septiembre de 2009.
TERCERO.- Las situaciones no previstas en este reglamento serán resueltas por el encargado de informática del establecimiento en conjunto con la dirección.
Reglamento de la Biblioteca:
Objetivos:
Artículo 1°
El uso, cuidado y utilización de los textos que se encuentran en la biblioteca está orientado a los estudiantes, profesores y apoderados del Martín Luther King College.
Artículo 2°
La biblioteca será atendida por profesores y estudiantes de la Brigada de Orden y Seguridad nombrados por la Dirección del colegio.
Artículo 3°
La evaluación y control en relación con el uso y registro estadístico estará a cargo de un profesor, quien deberá revisarlo mensualmente.
Artículo 4°
El horario de Funcionamiento de la biblioteca será de Lunes a Viernes:
* Retiro de Libros : 08:15 a 13:45
* Uso Computadores : 15:30 a 18:00
Artículo 5°
Los usuarios tendrán una ficha de control en biblioteca. Allí se registrará los libros utilizados y la fecha en que debe ser devuelto. Además quedará un registro en la Agenda Escolar del estudiante.
Artículo 6°
Los libros ( diccionarios, atlas y otros similares ) que ocupara el profesor en el aula, serán retirados por él, recordando que su devolución oportuna y en buenas condiciones es parte de su responsabilidad.
Artículo 7°
El deterioro o pérdida de algún ejemplar será de cargo de quién lo solicita y tendrá un plazo no superior a diez (10) días para su reposición.
Artículo 8°
Los estudiantes que asistan a solicitar libros o a desarrollar algún trabajo en la biblioteca, deberán guardar silencio para no interrumpir la tarea de quienes comparten la dependencia.
Reglamento del Casino:
Sobre el orden y limpieza:
Artículo 1º
El orden y la higiene son condición para que los procesos del servicio de cocina y comedor se realicen adecuadamente. Cumplir con esta condición evitará situaciones de riesgo o enfermedad.
La cocina, comedor y utensilios deberán mantenerse limpios.
Artículo 2º
Orden corporal y personal:
Artículo 3º
Orden de deshechos: Se debe mantener el basurero limpio, eliminándose la basura que se acumule en un contenedor afuera de la cocina.
Sobre los elementos disponibles:
Artículo 4º
La cocina tiene disponible para los beneficios:
Comportamiento de los estudiantes en el comedor:
Artículo 5º
Los estudiantes deben mantener una actitud de respeto, buen vocabulario y hábitos para servirse los alimentos.
Artículo 6º
Se prohíbe estrictamente:
Artículo 7º
El ingreso en hora de almuerzo es sólo para los alumnos que traen colación, no se aceptarán acompañantes. Además, los alumnos no podrán retirarse hasta terminar su comida.
Artículo 8º
Todas las irregularidades que se produzcan al interior del comedor por parte de los estudiantes, ya sea desórdenes, alimentos en mal estado u observaciones, quedarán registradas en la Bitácora del Casino y serán informadas en Inspectoría.
De los horarios:
Artículo 9º
El comedor estará disponible desde las 12:50 hrs. a las 14:00 hrs. Distribuyéndose el horario por curso, el cual, estará publicado en la puerta del casino.
Artículo 10º
Los estudiantes deberán entregar las colaciones antes del 2º recreo de la mañana, esto es, entre las 11:15 y las 11:30 hrs. Los retrasos quedarán registrados en la Bitácora y el alumno deberá firmarlo, después de 3 atrasos, inspectoría le asignará una labor comunitaria.
Artículo 11°
Los días de beneficio (viernes) la cocina estará disponible de las 8:00 a las 13:00 hrs., tanto la recepción, como la entrega del lugar en buenas condiciones, será responsabilidad de la profesora jefe.
Cualquier beneficio en otro horario debe ser solicitado con anterioridad a la Dirección del Establecimiento.
Reglamento del Laboratorio de Ciencias:
Normativa Uso del Laboratorio
A.- Normas Generales
B.- Orden e Higiene
C.- Manipulación Material de Vidrio
D.- Trabajo con Calor
E.- Manipulación de Sustancias Químicas
ANEXO 1
SÍMBOLOS DE PELIGROSIDAD DE SUSTANCIAS QUÍMICAS
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E |
Clasificación: Sustancias y preparaciones que reaccionan exotérmicamente también sin oxígeno y que detonan según condiciones de ensayo fijadas, pueden explotar al calentar bajo inclusión parcial. |
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F |
Clasificación: Líquidos con un punto de inflamación inferior a 21ºC, pero que NO son altamente inflamables. Sustancias sólidas y preparaciones que por acción breve de una fuente de inflamación pueden inflamarse fácilmente y luego pueden continuar quemándose ó permanecer incandescentes. |
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F+ |
Clasificación: Líquidos con un punto de inflamación inferior a 0ºC y un punto de ebullición de máximo de 35ºC. Gases y mezclas de gases, que a presión normal y a temperatura usual son inflamables en el aire. |
|
C |
Clasificación: Destrucción del tejido cutáneo en todo su espesor en el caso de piel sana, intacta. |
|
T |
Clasificación: La inhalación y la ingestión o absorción cutánea en pequeña cantidad, pueden conducir a daños para la salud de magnitud considerable, eventualmente con consecuencias mortales. |
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T+ |
Clasificación: La inhalación y la ingestión o absorción cutánea en MUY pequeña cantidad, pueden conducir a daños de considerable magnitud para la salud, posiblemente con consecuencias mortales. |
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O |
Clasificación:(Peróxidos orgánicos). Sustancias y preparados que, en contacto con otras sustancias, en especial con sustancias inflamables, producen reacción fuertemente exotérmica. |
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Xn |
Clasificación: La inhalación, la ingestión o la absorción cutánea pueden provocar daños para la salud agudos o crónicos. Peligros para la reproducción, peligro de sensibilización por inhalación, en clasificación con R42. |
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Xi |
Clasificación: Sin ser corrosivas, pueden producir inflamaciones en caso de contacto breve, prolongado o repetido con la piel o en mucosas. Peligro de sensibilización en caso de contacto con la piel. Clasificación con R43. |
|
N |
Clasificación: En el caso de ser liberado en el medio acuático y no acuático puede producirse un daño del ecosistema por cambio del equilibrio natural, inmediatamente o con posterioridad. Ciertas sustancias o sus productos de transformación pueden alterar simultáneamente diversos compartimentos. |










